Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2018 (01/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de febrero de 2018 /

El Peruano

en el Diario Oficial El Peruano, y el íntegro del Anexo Nº 1 será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1612077-1

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Amplían plazo para el pago de la primera cuota de Arbitrios Municipales correspondientes al mes de enero 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2018-MDPL/AL La Punta, 31 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: El Memorando Nº 033-2018-MDLP/GR de fecha 29 de enero del 2018, emitido por la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia. De igual modo, según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con la Ordenanza Nº 016-2016MDLP/AL, la cual se mantiene vigente para el ejercicio 2018, conforme a lo dispuesto por las Ordenanzas N° 016 y 018-2017-MDLP/AL, reajustada con el IPC (precisándose que dichas Ordenanzas fueron ratificadas mediante Acuerdo de Concejo N° 107-2017, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 30 de diciembre de 2017) según las cuales se establecen las fechas de vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales correspondientes al presente ejercicio 2018;

Que, mediante Artículo 4º de la Ordenanza N° 0182017-MDLP/AL antes mencionada, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias, necesarias para la ejecución de la Ordenanza en mención; Que, según el Memorando Nº 033-2018-MDLP/ GR, la Gerencia de Rentas propone ampliar el plazo de vencimiento del pago de la primera cuota Arbitrios Municipales correspondiente al mes de enero 2018 hasta el 28 de febrero de 2018; toda vez que es política de la presente Gestión incentivar y establecer beneficios para el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes, de sus obligaciones tributarias, siendo necesario, por ello, otorgar facilidades a los contribuyentes que les permita el cumplimiento oportuno del pago de las mismas; Que, de conformidad con el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía, se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 026-2018MDLP/OAJ y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- AMPLIAR el plazo de vencimiento del pago de la primera cuota de Arbitrios Municipales correspondiente al mes de enero 2018, hasta el 28 de febrero de 2018. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Rentas, la Oficina General de Administración y a la Unidad de Tecnología de la Información el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; y a la Unidad de Tecnología de la Información, el presente, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1612097-1

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

LA DIRECCIÓN

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