Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2018 (01/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

112 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Jueves 1 de febrero de 2018 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Autorizan suscripción de la Cuarta Adenda de Ampliación de Contrato a Plazo Fijo de abogado, que continuará desempeñándose como Ejecutor Coactivo Tributario
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 2082-2017-A/MC Comas, 29 de diciembre de 2017 VISTO: El Informe Nº 128-2017-GR/MC, de fecha 29 de diciembre de 2017, Proveído Nº 3640-2017-GM/ MC, de fecha 29 de diciembre de 2017 y el Informe Nº 2140-2017-SGRH-GAF/MC, de fecha 29 de Diciembre de 2017; mediante los cuales solicitan se efectúe la ampliación del Contrato Laboral de Ejecutor Coactivo Tributario; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305 y concordante con lo dispuesto en el Artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radicando dicha autonomía en la facultad de actos de Gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico imperante; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 591-2016-A/ MC, se designó en el cargo de Ejecutor Coactivo Tributario al Abogado GROBER PADILLA CUEVA; a partir del 25 de Abril del 2016 hasta el 31 de diciembre del 2016; el mismo que se amplió con R.A. Nº 1149-2017-A/MDC, de fecha 09 de Agosto de 2017, por el periodo del 01 de Agosto de 2017 hasta el 31 de Diciembre de 2017. Que, mediante Informe Nº 128-2017-GR/MC, la Gerencia de Rentas solicitó que se amplíe el contrato del Ejecutor Coactivo Tributario, el mismo que fue contratado para cubrir las necesidades de servicio, y con la finalidad de continuar con el accionar de la ejecutoria Coactiva Tributaria y la ejecución forzosa para la recaudación de los saldos deudores que se encuentran en proceso, solicita se realice la Ampliación respectiva hasta el 28 de Febrero de 2018; Que, según Informe Nº 2140-2017-SGRH-GAF/MC, de fecha 29 de Diciembre de 2017, la Sub Gerencia de Recursos Humanos, señala que en atención a lo solicitado por la Gerencia de Rentas y de acuerdo a lo contenido en el Proveído de visto, respecto a la necesidad de servicio, resulta conveniente efectuar la Ampliación de Contrato al Ejecutor Coactivo Tributario, por el periodo del 01 de Enero de 2018 hasta el 28 de Febrero de 2018; por lo que remite adjunto el Proyecto de la Cuarta Adenda al Contrato y de la Resolución de Alcaldía que autoriza la suscripción de dicha Adenda. Que conforme a lo señalado en el Artículo Nº 20º numeral 28)de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, son atribuciones del Alcalde "Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera", y siendo necesario accionar administrativamente a efectos de proceder a la designación de los funcionarios que asuman las funciones específicas de Ejecutor Coactivo Tributario de la Municipalidad Distrital de Comas; Estando a lo informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 20º inciso 6) y 28) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la suscripción de la

Cuarta Adenda de Ampliación del Contrato a Plazo Fijo del Abogado GROBER PADILLA CUEVA, suscrito con la Municipalidad Distrital de Comas el mismo que continuará desempeñándose como Ejecutor Coactivo Tributario en esta Entidad Edil, a partir del 01 de enero de 2018 hasta el 28 de febrero de 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía y a la Secretaria General la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano y,a la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional www.municomas. gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1612281-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Amplían plazo de vigencia de beneficios tributarios y no tributarios establecidos en la Ordenanza N° 368-2017-MDI
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000001-2018-MDI Independencia, 31 de enero del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; VISTO: El Informe Nº 05-2018-GR/MDI de la Gerencia de Rentas, Informe Legal Nº 019-218-GALMDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 198-2018-GM-MDI de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 368-2017-MDI publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de diciembre de 2017, se estableció en la jurisdicción del distrito de Independencia beneficios tributarios y no tributarios exigibles y/o pendientes de pago; asimismo, en la segunda Disposición Final de dicha Ordenanza, se facultó al Alcalde, aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de su vigencia, así como disposiciones reglamentarias que puedan ser necesarias para su mejor aplicación. Que, con el objeto de brindar las mayores facilidades de pago a los vecinos de Independencia, para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, es conveniente ampliar la prórroga de la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 368-2017-MDI que establece beneficios tributarios y no tributarios; Que, mediante Nº 05-2018-GR-MDI de fecha 30 de enero del 2018, la Gerencia de Rentas recomienda como parte de las políticas de incentivo a favor de los contribuyentes del Distrito, la aprobación de propuesta del Proyecto de Decreto de Alcaldía, en la cual se propone la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 3682017-MDI que Aprueba los Beneficios Tributarios y No Tributarios, hasta el 28 de febrero del 2018; Que, mediante Informe Nº 019-2018-GAL-MDI de fecha 30 de enero del 2018, la Gerencia de Asesoría Legal, OPINA FAVORABLE se apruebe la ampliación de prórroga de beneficios tributarios y no tributarios correspondiendo se emita el Decreto de Alcaldía

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