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41 NORMAS LEGALES Sábado 3 de febrero de 2018 El Peruano / adendas del personal bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios –CAS así como para suscribir, modi fi car y resolver convenios de prácticas pre profesionales y profesionales, de sus prórrogas y renovaciones, por lo que resulta pertinente incorporar estas facultades a la delegación acotada en el considerando precedente; Que, el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS -TUO, señala que el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 del mismo cuerpo legal es susceptible de ser aplicados a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros, y en ese sentido resulta viable establecer la e fi cacia anticipada de la presente Resolución Directoral al 3 de enero de 2018 a fi n de garantizar la adecuada gestión de recursos humanos; Con los vistos de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS y en el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporación Disponer la incorporación en el numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Directoral N° 007-2018-OTASS/DE, correspondiente a la delegación de facultades de la Ofi cina de Administración en materia laboral y acciones administrativas de personal, los literales c) y d) conforme a los siguientes textos: “Artículo 2.- Delegación de facultades a la O fi cina de Administración (…)2.3. En materia laboral y acciones administrativas de personal: (…)c) La suscripción de los contratos del personal del OTAS, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, así como sus adendas y modi fi catorias. d) La suscripción, modi fi cación y resolución de los convenios de prácticas preprofesionales y profesionales, así como sus prórrogas y renovaciones.” Artículo 2.- E fi cacia anticipada Establecer que la presente resolución tiene e fi cacia anticipada al 3 de enero de 2018. Artículo 3.- Comunicación Remitir copia de la presente Resolución a todas las unidades orgánicas del OTASS. Artículo 4.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; y en el portal institucional (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Director Ejecutivo Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento 1613259-1SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Aprueban la nueva delimitación de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 240-2017-SERNANP Lima, 2 de octubre de 2017VISTO:El Informe N° 739-2017-SERNANP-DDE del 28 de septiembre del 2017, de la Dirección de Desarrollo Estratégico; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, las Áreas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zoni fi caciones, para conservar la diversidad bilógica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y cientí fi co, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país, conforme lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas; Que, a través del numeral 2 de Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye como el ente rector del Sistema Nacional de Área Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE; Que, el artículo 20° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de plani fi cación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años; Que, de conformidad con el artículo 25° de la precitada Ley, el Plan Maestro de cada Área Natural Protegida definirá la extensión que corresponde a su Zona de Amortiguamiento, que conforme el mismo artículo constituye aquella zona adyacente al Área Natural Protegida del SINANPE, que por su naturaleza y ubicación requiere de un tratamiento especial para garantizar la conservación del Área Natural Protegida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 048 -2000-AG, del 4 de setiembre de 2000, se estableció la Reserva Nacional Tambopata sobre una super fi cie de 274 690 hectáreas ubicadas en la provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios; Que, mediante Resolución Jefatural N° 298-2001-INRENA de fecha 13 de diciembre de 2001, se precisa los límites de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata y se establece provisionalmente la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional Bahuaja Sonene; Que, mediante Resolución Jefatural N° 141-2003-INRENA de fecha 30 de setiembre de 2003, se aprueba el Plan Maestro de la Reserva Nacional Tambopata y del Parque Nacional Bahuaja Sonene, como documento de plani fi cación para el desarrollo de las actividades; y con ella se de fi ne la delimitación de la Zona de Amortiguamiento; Que, mediante Resolución Jefatural N° 290-2005-INRENA de fecha 11 de diciembre de 2005,