Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de febrero de 2018 /

El Peruano

se aprueba la memoria descriptiva y el mapa que delimita la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata y del Parque Nacional Bahuaja Sonene de acuerdo a lo establecido al Plan Maestro aprobado; Que, mediante Resolución Jefatural N° 158-2011-SERNANP de fecha 27 de julio de 2011, se aprueba la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional Tambopata, periodo 2011-2016, en la cual se ratifican los límites de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata y del Parque Nacional Bahuaja Sonene aprobada mediante Resolución Jefatural N° 141-2003-INRENA. Que, mediante Resolución Jefatural N° 111-2015-SERNANP de fecha 10 de junio de 2015, se aprueba el Plan Maestro, periodo 2015-2019 del Parque Nacional Bahuaja Sonene, y se establece la nueva delimitación de su Zona de Amortiguamiento, en virtud a lo dispuesto en la Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP de fecha 19 de febrero de 2014, la cual señala en su artículo 17° que las Zonas de Amortiguamiento en Áreas Naturales Protegidas contiguas y/o cercanas podrán superponerse entre sí; asimismo, señala que las Zonas de Amortiguamiento de Áreas Naturales Protegidas contiguas o colindantes no incluirán a las Áreas Naturales Protegidas como parte de ellas, aunque tales Áreas Naturales Protegidas seguirán cumpliendo la función de Zona de Amortiguamiento; Que, a través del documento del visto, la Dirección de Desarrollo Estratégico elaboró la propuesta de la nueva delimitación de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata y recomienda a la Oficina de Asesoría Jurídica elaborar la Resolución Presidencial de aprobación de la nueva delimitación de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y de la Secretaría General; y, De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la nueva delimitación de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, cuyos límites se describen en la memoria descriptiva y representan en el mapa, ambos documentos técnicos que forman parte de los Anexos integrantes de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Dirección de Desarrollo Estratégico ingrese la base gráfica que representa los límites de la Zona de Amortiguamiento a la Base de Datos Geográfica Institucional y al GEOPORTAL institucional. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe. Regístrese y comuníquese, PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ZONA DE AMORTIGUAMIENTO DE LA RESERVA NACIONAL TAMBOPATA Fuente de datos: La delimitación de la Zona de Amortiguamiento, se realizó sobre la base de la cartografía a escala 1:25,000 generada por el Instituto Geográfico Nacional - IGN, información cartográfica generada por el SERNANP, imágenes de satélite Sentinel

2016 (resolución espacial 10 m) y el Mapa de la Reserva Nacional Tambopata. Ubicación política: Se realizó en base a la información elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. Distrito Inambari, Laberinto y Tambopata Provincia Departamento Tambopata Madre de Dios

OESTE: Partiendo del Punto N° 01, ubicado en la intersección de la quebrada Chiforongo y el puente de la carretera que se dirige al Centro Poblado Mazuko, se sigue en dirección noreste hasta llegar al Punto N° 02, ubicado en la intersección de la carretera con el cruce de la divisoria de aguas del flanco izquierdo de la quebrada Seca, desde el último punto mencionado, el límite continúa en paralelo a la carretera interoceánica sur hasta encontrarse con el río Dos de Mayo continuando en dirección este en 2,700 m aproximadamente aguas arriba de este río hasta encontrar la confluencia de la quebrada sin nombre del flanco derecho, prosiguiendo por esta quebrada hasta el extremo de la intersección de la divisoria de aguas de la quebrada Amanapu y río Manuami, continuando en dirección norte por la divisoria de aguas de este último, hasta la intersección con el Punto N° 03 ubicado en la carretera Puerto Maldonado Mazuko. NORTE: Desde el último punto mencionado, el límite continúa por la margen derecha de la carretera hasta el Punto N° 04, luego el límite continúa en dirección noreste hasta el Punto N° 05. Desde este punto se sigue en línea recta hasta el límite de la comunidad nativa Infierno, prosiguiendo por esta hasta la intersección con la margen derecha del río Tambopata por donde se continúa hasta llegar al límite este de la comunidad nativa Infierno, por el cual se prosigue hasta retomar la margen derecha del río Tambopata, por el que se sigue aguas abajo hasta su desembocadura en el río Madre de Dios, siguiendo por este hasta la confluencia con el rio Palma Real Grande. Desde la desembocadura de la quebrada Palma Real Chico en el río Madre de Dios se sigue por este último aguas abajo hasta el Punto N° 06 ubicado en la confluencia con el río Heath (margen izquierda), el cual es límite internacional con la República de Bolivia. ESTE: Desde este último punto descrito, el límite continúa aguas arriba del río Heath (margen izquierda) hasta llegar al Punto N° 07 ubicado en la intersección con la confluencia de la quebrada Meliza. NORTE: El límite sur lo constituye el Parque Nacional Bahuaja Sonene, hasta el punto inicial de la presente descripción. Listado de Puntos PUNTOS 1 2 3 4 5 6 7 ESTE 351370 353024 355403 361116 455521 537708 529090 NORTE 8549982 8554699 8554184 8569656 8597010 8617842 8606002

Las coordenadas están expresadas en proyección UTM. El Datum de referencia es el WGS 84, la zona de proyección es 19 Sur.

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