Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Sábado 3 de febrero de 2018 /

El Peruano

Que mediante la Resolución de Superintendencia N.° 246-2017/SUNAT se incorporaron bienes en los Anexos 1 y 2 de la Resolución de Superintendencia N.° 1832004/SUNAT, que aprueba normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT); Que a fin de facilitar la implementación y adecuación de este sistema por parte de los contribuyentes, mediante la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 013-2017-SUNAT/700000 se dispuso que tratándose de la reincorporación de bienes al SPOT, a que se refiere el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N.° 246-2017/SUNAT, no será sancionada la comisión de las infracciones tipificadas en los numerales 4, 5, 8, 9, 15 y 16 del artículo 174° del Código Tributario cuando estén vinculadas con la obligación de sustentar el traslado, la remisión o la posesión de bienes con la constancia de depósito, por el periodo comprendido desde la fecha de entrada en vigencia de dicha resolución hasta el 31 de enero de 2018; Que sin embargo, a fin de otorgar a los contribuyentes un plazo adicional que les permita culminar sus procesos de adecuación financieros, administrativos y de sistemas necesarios para la aplicación correcta del SPOT, se ha determinado la conveniencia de ampliar la aplicación de la facultad discrecional establecida en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 013-2017-SUNAT/700000 hasta el 28 de febrero de 2018; Que el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias, faculta a la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos a expedir resoluciones mediante las cuales se definan los criterios respecto de la aplicación discrecional de sanciones en materia de infracciones tributarias; Que por su parte, la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS, regula lo concerniente a la publicidad excepcional de las resoluciones administrativas; Que en ese sentido, continuando con el compromiso de transparencia a efecto que la ciudadanía conozca las disposiciones internas en materia de discrecionalidad, es necesario que la presente Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos se difunda también a través del diario oficial "El Peruano"; En uso de la facultad conferida por el literal d) del artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias. SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliación de la aplicación de la facultad discrecional dispuesta en la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 013-2017-SUNAT/700000 Amplíese hasta el 28 de febrero de 2018 la aplicación de la facultad discrecional dispuesta en la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 013-2017-SUNAT/700000. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional Adjunta de Tributos Internos 1612914-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Designan Intendente de la Intendencia de Protección de Derechos en Salud
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 033-2018-SUSALUD/S Lima, 2 de febrero del 2018 VISTOS: El Informe N° 00068-2018-SUSALUD/OGPER de fecha 02 de febrero de 2018 emitido por la Oficina General de Gestión de las Personas, y el Informe N° 00067-2018/OGAJ, de fecha 02 de febrero de 2018, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 180-2017-SUSALUD/S, de fecha 30 de diciembre de 2017, se designó a la señorita Cirujano Dentista Ana Elsa Arenas Abad en el cargo de confianza de Asesora del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud; siendo que a través de la Carta S/N del 02 de febrero de 2018, la citada asesora presentó renuncia al cargo de confianza que venía desempeñando; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 026-2017-SUSALUD/S, de fecha 13 de febrero de 2017, se designó al M.C Marco Iván Cárdenas Rosas en el cargo de confianza de Intendente de la Intendencia de Protección de Derechos en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD; siendo que con Carta S/N del 02 de febrero de 2018, el referido funcionario presentó su renuncia al cargo de confianza que venía desempeñando; Que, resulta pertinente aceptar las renuncias mencionadas en los considerandos precedentes y por ende dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones de Superintendencia N° 026-2017-SUSALUD/S y N° 180-2017-SUSALUD/S; Que, a fin de garantizar la continuidad del servicio que brinda la Intendencia de Protección de Derechos en Salud, y encontrándose vacante el cargo en mención, resulta necesario proceder a la designación de un profesional que asuma las funciones del cargo de confianza de Intendente de la Intendencia de Protección de Derechos en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, a través del Informe N° 00068-2018/OGPER, el Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas informa que se efectuó la evaluación de compatibilidad de perfiles del puesto vacante con el de la señorita cirujano dentista Ana Elsa Arenas Abad, quien cumple con el perfil profesional del grupo ocupacional de empleado de confianza de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 012-2015-SUSALUD/S que aprueba el clasificador de cargos de SUSALUD; Que, al ser el perfil de la profesional antes mencionada compatible con el perfil mínimo del Clasificador de Cargos de SUSALUD, corresponde designar a la empleada de confianza propuesta en el citado cargo; Con el visto del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, su artículo 9 y literales d), h) y t) del artículo 10; en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158;

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