Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2018 (15/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

Jueves 15 de febrero de 2018 /

El Peruano

POR CUANTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 10 de enero del 2018, el Oficio Nº 002-2018-MPCCODISEC.ST de fecha 08 de enero del 2018; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional Nº 30305, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Art. 197º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a Ley; Que, entre las funciones de las municipalidades, en materia de seguridad ciudadana se encuentra la de establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas campesinas o similares, de nivel distrital o del de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley, conforme a lo establecido en el Art. 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, el Art. 145º de la norma antes mencionada estipula que, para la elaboración del sistema de seguridad ciudadana se convocará y concertará con las organizaciones sociales, vecinales o comunales, las rondas urbanas y campesinas, los comités de autodefensa y las comunidades campesinas, nativas y afroperuanas para la elaboración del sistema de seguridad ciudadana; Que, conforme a la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la seguridad ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la participación de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, y contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; asimismo el Art. 13º del mismo cuerpo normativo señala que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el CONASEC. Igualmente supervisan y evalúan su ejecución; Que, el Art. 26º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital y cuenta con una Secretaría Técnica; Que, la Secretaría Técnica es un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación encargado de proponer al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) la política, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana, para su aprobación, así como, realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas a nivel distrital. La Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital correspondiente o el órgano que haga sus veces, asume las funciones de Secretaría Técnica de los CODISEC. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad. Dentro de sus funciones se encuentra el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante ordenanza municipal;

Que, los planes de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan la obligación en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital con un enfoque de resultados. Determinan la prioridad del gasto y de las inversiones públicas, además contienen un diagnóstico del problema y establecen una visión, objetivos estratégicos y específicos, actividades, indicadores, metas y responsables. Se elaboran en concordancia con los objetivos estratégicos contenidos en las políticas nacionales y regionales de carácter multianual; Que, la formulación de Plan de Seguridad Ciudadana 2018-CODISEC, responde al cumplimiento de la Meta 33 del programa de incentivos 2017 y funciones asignadas al Comité de Seguridad Ciudadana; Que, bajo dichas consideraciones con Oficio Nº 002-2018-MPC-CODISEC.ST de fecha 08 de enero del 2018, el Cnel. Miguel Ángel Zuloeta Marchan - Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, remite el Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Vicente de Cañete 2018, para su ratificación y se emita la ordenanza correspondiente; con la finalidad de fortalecer la seguridad y confianza ciudadana en el distrito de San Vicente de Cañete, así como, el cumplimiento de metas implica una transferencia de recursos a la municipalidad, con lo que se fortalecerá la estabilidad y eficiencia de la municipalidad; Que, mediante Informe Legal Nº 007-2018-GAJMPC de fecha 10 de enero del 2018, el Abg. Horacio Hinostroza Delgado - Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC), concluye: 1) Que, es viable ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Vicente de Cañete 2018, adjuntándose previamente el acta o documento que certifique su aprobación por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC San Vicente de Cañete y adjuntarse el informe de disponibilidad presupuestal de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática; 2) Que, se encargue a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana dispongan la ejecución de las acciones necesarias para su cumplimiento; 3) Encargar a la Secretaria General la publicación de la Ordenanza de acuerdo a Ley; Que, con Informe Nº013-2018-MPC-SC.SC de fecha 10 de enero de 2018, el Cnel. Miguel Ángel Zuloeta Marchan - Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, remite en adjunto el Acta de Aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Vicente para el año 2018 de fecha 08 de enero de 2018 y el Reporte Presupuestal asignado al Plan de Seguridad Ciudadano 2018 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informática de la MPC; Que, con Dictamen Nº01-2018-CSP-MPC de fecha 10 de enero de 2018 la Comisión de Servicios Públicos sugiere por unanimidad: 1) La ratificación del Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Vicente de Cañete 2018, y 2) Se remita la ordenanza aprobatoria y sus anexos a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio Público; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal aprobó por UNÁNIMIDAD y con dispensa de la lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SAN VICENTE DE CAÑETE 2018 Artículo 1º.- RATIFICAR el PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SAN VICENTE DE CAÑETE 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC San Vicente de Cañete; cuyo texto, forma parte integrante de la Ordenanza en anexo. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y su publicación íntegra con su anexo en 111 folios, en la página institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete (www.municanete.gob.pe).

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