Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2018 (27/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

4

NORMAS LEGALES

Martes 27 de febrero de 2018 /

El Peruano

Artículo 4.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ANEXO Acciones a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) 1. Acciones necesarias para la expedición de DNI a indocumentados. En el periodo comprendido entre enero a diciembre de 2018: (i) Otorgamiento gratuito de DNI emitidos por primera vez para un mínimo de 50 mil personas indocumentadas ubicadas en los distritos de los quintiles 1 y 2; y, (ii) Trabajo conjunto de RENIEC y Programas Sociales Cuna Más y Juntos para emisión de DNI a un mínimo de 21 mil niños y niñas de hasta 12 años de edad, afiliados a dichos programas sociales, que estén en situación de indocumentación (en caso de no emitir el DNI, sustentar documentalmente las causas que imposibilitaron la emisión de los mismos). Para ello se requiere que: ii.a) Las campañas de documentación, una de captura de datos y otra de entregas, se coordinen con los Coordinadores de Enlace de MIDIS y Jefes de Unidad Territorial de los Programas Sociales; ii.b) Los Programas Sociales garanticen la presencia de los menores indocumentados en los puntos de atención coordinados con RENIEC; ii.c) RENIEC cuente con el listado validado de los menores indocumentados, a ser provistos por los Programas Sociales Juntos y Cuna Más, a fin de proponer una programación de atención. Si durante las campañas RENIEC atendiera a menores indocumentados que no estén aun afiliados a los programas sociales, esto también sería considerado como parte de la meta. 2. Acciones necesarias para que el 80% de niños y niñas que nacieron durante el periodo comprendido entre febrero de 2017 y 15 de febrero de 2018 en establecimientos de salud de los Gobiernos Regionales -a excepción de Lima Metropolitana- que cuentan con Oficinas Registrales Auxiliares (ORA), inicien el trámite para la obtención del DNI hasta los cinco (5) días de edad. 3. Aumentar en 16 ORA la cobertura del servicio para la obtención del trámite de DNI de recién nacidos hasta los cinco (5) días de edad. A fin que el MIDIS verifique el cumplimiento de la acción antes descrita. 4. Acciones necesarias para la implementación del Sistema Integrado de Registros Civiles: En el año 2018 se incrementa en por lo menos cuarenta (40) el número de municipios que inician su uso. Dicho Sistema servirá para el registro en línea del Acta de Nacimiento (AN), de ellos diez (10) se implementarán especialmente en zonas donde los establecimientos de salud brindan el Certificado de Nacido Vivo (CNV) electrónico (25%) y no cuentan con ORA. 5. Acciones necesarias para la implementación de la Fase de Recojo de Información de Empadronamiento en cuarenta y cinco (45) ULE, las cuales comprenden lo siguiente: (i) RENIEC, como parte del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), acompañará al personal del MIDIS destinado en cada ULE.

(ii) El usuario de la ULE (responsable y/o funcionario) deberá digitar la información en la ficha S-100, validando en la huella dactilar biométrica y/o firma electrónica usando el DNI electrónico. (iii) El MIDIS establecerá el procedimiento para que la emisión y validación de la ficha S-100 se dé únicamente a través de la verificación biométrica; siendo la remisión de la DDJJ de la S-100 válida jurídicamente en todos sus extremos. El RENIEC validará el código fuente desarrollado por el MIDIS en base al servicio de consultas biométricas que consume del RENIEC con su personal técnico especialista, a través de dos medios de capacitación (presencial y videoconferencia). 6. Acciones necesarias para el fortalecimiento de los servicios ofrecidos por las Oficinas de Registro de Estado Civil (OREC) en cinco (5) departamentos: Loreto, Junín, Pasco, Ucayali y Cusco durante el año 2018, para lo cual se deberá cumplir con lo siguiente: i) Obtención de coordenadas de georreferencia de cincuenta (50) OREC en comunidades nativas de la Amazonía; ii) Implementación de programa de asistencia técnica de cinco (5) días, durante el 2018, en 65 OREC en comunidades nativas; iii) Plan de trabajo de asistencia técnica a 65 OREC de cinco (5) departamentos: Loreto, Junín, Pasco, Ucayali y Cusco para el año 2018. 7. Acciones necesarias para la integración de los procesos de registro de Defunciones del Certificado de Defunción en Línea y del Acta de Defunción, para lo cual se deberán cumplir con las siguientes metas: i) RENIEC culmina el desarrollo de los cuatro módulos del Sistema Nacional de Defunciones en el primer trimestre del 2018: 1. Certificado de Defunción en Línea General, 2. Certificado de Defunción en Línea Fetal, 3. Certificado de Defunción Manual General, y 4. Certificado de Defunción Fetal Manual; ii) RENIEC proporciona el Portal de Administración de Usuarios al MINSA, en el primer trimestre del año 2018, para las altas y bajas de los usuarios al sistema de Hechos Vitales (Certificados de Nacido Vivo y Certificado de Defunción), siempre que los administrados cuenten DNIe; iii) RENIEC y MINSA evaluarán una propuesta de validación de los Certificados de Defunción Manual antes de la emisión del Acta de Defunción, con la finalidad de evitar la emisión de CDEF Manuales falsos, fecha de entrega en el primer trimestre del 2018. El MIDIS consultará a la Oficina de Tecnologías de la Información (OTI) MINSA sobre la validación de las funcionalidades descritas en los puntos (i), (ii) y (iii); iv) Validación de la defunción del 100% de los registros de la Base de Datos del Padrón General de Hogares (PGH) y se enviará por línea dedicada de forma diaria la información de los fallecidos del PGH inicial; v) RENIEC implementa el servicio de consulta web del Certificado de Defunción (datos no sujetos a protección, similar al DNI) y desarrolla el Web Service correspondiente, a través de línea dedicada, para el uso de los programas sociales MIDIS (Pensión 65, Juntos) y SIS; vi) RENIEC desarrolla el servicio de consulta del DNI del menor y devolver los DNI del padre y la madre de los menores nacidos a partir del 2015 a través de la línea dedicada; y, vii) RENIEC en coordinación con MINSA difunde los procedimientos para el registro oportuno de los fallecimientos que no están inscritos. Se realizarán al menos 4 Talleres Regionales para la capacitación del personal de las Oficinas Registrales y personal de los Establecimientos de Salud que cuentan con ORA. 8. Acciones necesarias para que RENIEC mantenga actualizada y autenticada la base de datos del Padrón

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.