Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2018 (27/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado

Año XXXV - Nº 14421

NORMAS LEGALES
AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL

MARTES 27 DE FEBRERO DE 2018

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL D.S. N° 001-2018-MIDIS.- Decreto Supremo que establece las acciones que debe realizar el INEI en cumplimiento de la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 1 D.S. N° 002-2018-MIDIS.- Decreto Supremo que establece las acciones que debe realizar el RENIEC en cumplimiento de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 3 D.S. N° 003-2018-MIDIS.- Establecen las acciones que deben realizar el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Gobierno Regional de Loreto, el Gobierno Regional de Puno y el Gobierno Regional de Ucayali, para implementación de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS 5 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 039-2018-EF.- Aprueban incremento de horas pedagógicas en la jornada de trabajo de los profesores nombrados y contratados del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa y establece otras disposiciones 6

PODER EJECUTIVO

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Decreto Supremo que establece las acciones que debe realizar el INEI en cumplimiento de la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
DECRETO SUPREMO Nº 001-2018-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuya finalidad es mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, a través de la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), hasta por el monto de S/ 8 000 000,00 (OCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 44 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previo cumplimiento de las acciones que debe efectuar el INEI para generar datos y cartografía orientados a mejorar metodologías y los procedimientos del Sistema Nacional de Focalización y el seguimiento de la política de desarrollo e inclusión social, las que se establecen mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social; Que, asimismo, la citada Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final señala que para ello, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sobre la información remitida por el INEI, debe enviar un informe al Ministerio de Economía y Finanzas en el que se validen las acciones realizadas por el INEI en el marco de lo establecido en la indicada disposición y el monto correspondiente a ser transferido; Que, adicionalmente, la referida disposición complementaria final señala que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, se aprueban las disposiciones complementarias para la aplicación de la citada disposición, las que incluyen las acciones que debe realizar el INEI en el marco de dicha norma; Que, de otra parte, conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto

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