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13 NORMAS LEGALES Sábado 7 de julio de 2018 El Peruano / 2018 Investing in Latin Mining Cumbre organizado por Prospectors & Developers Association of Canada – PDAC y Mining Indaba; dado que el mismo involucra temas relacionados al sector minero; Que, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modi fi catorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, tal como lo establece el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619 tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 2 y 3 de la Ley Nº 27619, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; y, deben publicarse en el diario ofi cial El Peruano con anterioridad al viaje. Asimismo, dispone, en sus artículos 4 y 5, que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la escala de viáticos por países aprobada por Decreto Supremo; y, dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje el funcionario o servidor público debe presentar ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se otorga por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM dispone que la resolución de autorización respectiva debe ser debidamente sustentada en el interés nacional o institucional e indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por fi nalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero-energéticas; Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, la participación del señor Miguel Incháustegui Zevallos, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas en el evento 2018 Investing in Latin Mining Cumbre organizado por Prospectors & Developers Association of Canada – PDAC y Mining Indaba, constituye una oportunidad que permitirá conocer e intercambiar conocimientos con otros gobiernos continentales e internacionales como Chile, Brasil, Argentina, Perú, Colombia, Bolivia, México, Canadá y Australia, por lo que en dicho espacio participarán inversionistas internacionales, representantes de gobiernos y compañías con inversiones en la región, teniendo como fi nalidad coadyuvar en la promoción de la inversión de la región y responder a las dudas de los principales inversionistas del sector y estrechar vínculos directos con importantes actores del sector minero, resultando necesario autorizar el viaje al exterior del mencionado funcionario, del 09 al 11 de julio de 2018, a la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora 001; Que, por convenir al servicio y con la fi nalidad de no interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de Energía y Minas, es necesario encargar las funciones del Viceministerio de Minas del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; y, la Resolución Secretarial Nº 012-2016-MEM/SEG, que aprueba la Directiva Nº 004-2016-MEM/SEG; y la Resolución Ministerial Nº 184-2018-MEM/DM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del señor Miguel Incháustegui Zevallos, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 09 al 11 de julio de 2018, para los fi nes a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Lima - Santiago (incluido FEE) : US$ 1, 638.85 Viáticos (US$ 370.00 por 3 días) : US$ 1, 110.00Total : US$ 2, 748.85 Artículo 3.- Encargar al Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas las funciones del Viceministerio de Minas, a partir del 09 de julio de 2018 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- . Disponer que el funcionario cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5.- . El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1666665-1 PRODUCE Designan Directora de la Oficina de Evaluación de Impacto de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 286-2018-PRODUCE Lima, 6 de julio de 2018CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Ofi cina de Evaluación de Impacto de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Viviana Natalí Cruzado de la Vega en el cargo de Directora de la