Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2018 (24/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Martes 24 de julio de 2018

NORMAS LEGALES
EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO:

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la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali; concluye que el Gobierno Regional, debe solicitar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la declaración de Interés Nacional la Feria Expo Amazónica Ucayali 2018, a realizarse del 09 al 12 de agosto del presente año, en la ciudad de Pucallpa, Departamento de Ucayali; Que, mediante Dictamen Nº 001-2018-GRU-CR-CDE, de fecha 04 de mayo de 2018 la Comisión de Desarrollo Económico del Consejo Regional, dictamina Aprobar y Declarar de Interés Regional la Feria Expo Amazónica Ucayali 2018, a realizarse desde el 09 al 12 de agosto del presente año, en la ciudad de Pucallpa, Departamento de Ucayali; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha siete de mayo de dos mil dieciocho, la misma que consta en Acta, aprobando por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero. - DECLARAR de Interés Regional la Feria EXPO AMAZÓNICA UCAYALI 2018, a realizarse del 09 al 12 de agosto de 2018, en la Ciudad de Pucallpa ­ Región Ucayali. Artículo Segundo. - ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero. - DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", y en el diario de mayor circulación en la Capital de la Región y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil dieciocho. FLORA AMASIFUEN AMASIFUEN Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali a los 23 MAYO 2018. MARIANO REBAZA ALFARO Gobernador Regional (e) 1672977-1

El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 9, numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, de acuerdo con lo indicado en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; son presididas por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaría Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, de igual modo según los artículos 26 y 30 del citado Reglamento, el CODISEC es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; y la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, como Secretaría Técnica del CODISEC, tiene como funciones, entre otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC para su aprobación, además de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al Concejo Municipal Distrital, para su ratificación mediante ordenanza; Que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través del Memorándum Nº 388-2018-GSC/MM de fecha 26 de junio de 2018, señala que en sesión de fecha 12 de enero de 2018 se aprobó, por unanimidad del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Miraflores, el Plan Estratégico Distrital de Seguridad Ciudadana 2018; Que, por otra parte, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través del Memorándum Nº 140-2018-GPPMM del 06 de julio de 2018, concluye con opinión favorable respecto a la formulación del mencionado Plan, el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021 y al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, asimismo sus actividades programadas están contenidas en el Plan Operativo Institucional de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y de la Subgerencia de Serenazgo, con cargo a sus presupuestos, por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal; Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye, en el Informe Legal Nº 142-2018-GAJ/MM del 09 de julio de 2018, que corresponde continuar con el trámite de ratificación, por parte del Concejo Municipal, respecto del Plan Estratégico Distrital de Seguridad Ciudadana 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Miraflores y que fuera presentado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, lo cual deberá efectuarse a través de la respectiva ordenanza; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Ordenanza que ratifica el Plan Estratégico Distrital de Seguridad Ciudadana 2018
ORDENANZA Nº 501/MM Miraflores, 19 de julio de 2018

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