Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2018 (01/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 1 de junio de 2018 /

El Peruano

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora NELLY LUZ PALOMINO PACCHIONI al cargo de Directora de la Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora PATRICIA ELENA GONZALEZ SIMON en el cargo de Directora de la Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1654687-2

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2018-MINEDU Lima, 31 de mayo de 2018 Vistos, el Expediente N° 0069337-2018, el Oficio N° 483-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC, el Informe N° 126-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA, el Informe N° 194-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA, el Memorándum N° 027-2018-MINEDU/VMGI-PRONABECOPP, el Oficio N° 1061-2018-MINEDU/SG-OGRH, el Informe N° 432-2018-MINEDU/SG-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29837, modificada por la Ley N° 30281, se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el financiamiento de estudios de educación técnica y superior; estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la referida Ley establece que el Ministerio de Educación dictará las disposiciones para la organización y funcionamiento del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 705-2017-MINEDU, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), como un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene la estructura orgánica, funciones de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas, procesos principales, mapa de procesos y el organigrama del PRONABEC; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, la cual tiene por objeto establecer las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE y para la gestión del proceso de administración de Puestos del Subsistema de

Organización del Trabajo y su Distribución, del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el numeral 7.5 de la precitada Directiva establece que el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión institucional de carácter temporal que tiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Asimismo, el numeral 4 del anexo N° 4 de la referida Directiva, establece que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al informe de opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR; Que, mediante Oficio N° 483-2018-MINEDU/VMGIPRONABEC, la Directora Ejecutiva del PRONABEC, remite al Ministerio de Educación, los Informes N°s 126-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA y 194-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA de la Oficina de Gestión del Talento, y el Memorándum N° 027-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, que sustentan la necesidad de aprobar el CAP Provisional del PRONABEC, señalando que dicho documento de gestión ha sido elaborado conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-P, considerando la estructura orgánica establecida en el Manual de Operaciones del PRONABEC, aprobado por Resolución Ministerial N° 705-2017-MINEDU y a lo dispuesto en el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado por Resolución Ministerial N° 0912012-ED y modificatorias; Que, mediante el Oficio N° 1061-2018-MINEDU/ SG-OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos señala que la propuesta de CAP Provisional del PRONABEC cumple con lo establecido en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH. Asimismo, señala que corresponde excluir el cargo estructural de Director de Programa Sectorial IV del PRONABEC, del CAP Provisional del Ministerio de Educación, aprobado por Resolución Ministerial N° 052-2015-MINEDU y reordenado por las Resoluciones Ministeriales N°s 415-2015-MINEDU, 266-2017-MINEDU y 453-2017-MINEDU, considerando que dicho cargo debe estar incluido en el CAP Provisional del PRONABEC; Que, con Informe Técnico N° 062-2018-SERVIR/ GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, señala que la propuesta de CAP Provisional del PRONABEC se enmarca en las situaciones contempladas en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, recomendando proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del citado documento de gestión; Con la visación del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva de Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, de la Oficina General de Recursos Humanos; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 29837 que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, modificada por la Ley N° 30281; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE;

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