Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2018 (09/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de junio de 2018 /

El Peruano

"El Peruano", en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1657218-1

entregar la información de acceso público, conforme a las normativas señaladas en los Considerandos precedentes; Que, en tal sentido resulta necesario designar al funcionario responsable de proporcionar la información requerida por los ciudadanos de esta comuna al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y demás disposiciones que la conforma; DE CONFORMIDAD CON EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 27806 LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA APROBADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 043-2003- PCM, EL DECRETO SUPREMO Nº 072-2003PCM Y SU REGLAMENTO; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Abogado CARLOS ALBERTO MÁLAGA MENDIOLA Secretario General de la Municipalidad de La Victoria como el funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, y sus modificatorias, y al Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, de la Presidencia del Consejo de Ministro. Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Corporación Municipal, proporcionen la información y documentación que solicite el responsable de entregar la información de acceso público en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos en materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución, al funcionario designado y a todas las Unidades Orgánicas que conforman esta Corporación Edil. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda norma que se oponga a la presente resolución. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y su notificación a las unidades orgánicas del Corporativo para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1657845-1

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Designan funcionario responsable de brindar información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 283-2018-A/MLV La Victoria, 17 de mayo de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme a lo establecido en el artículo 2º, numeral 5, de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus modificatorias y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; Que, conforme lo establece el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, bajo el principio de publicidad se desprende que todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administración Pública a las que hace referencia el Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, modificado con inciso 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1295 están sometidos al principio de publicidad; asimismo los funcionarios responsables de brindar la información al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se refiere esta Ley, en consecuencia, toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas en el artículo 15º de la norma acotada, además de los numerales 2 y 3 del artículo 3º del mismo, adoptando las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública; teniendo el Estado la obligación de entregar la información solicitada; Que, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su inciso b) del artículo 3º establece entre otras, que constituye las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Ordenanza que otorga beneficios para el pago de las deudas tributarias y multas administrativas en el distrito de Los Olivos
ORDENANZA Nº 477-CDLO Los Olivos, 31 de mayo de 2018 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 002-2018-MDLO/CEPP de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194º, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley Nº 28607 concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico";

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