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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (09/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 109

109 NORMAS LEGALES Sábado 9 de junio de 2018 El Peruano / Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, en el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia; a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia; a SERPAR-LIMA, a EMILIMA y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS F. RIOS MIRANDA Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones 1657216-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Constituyen Comité Electoral que se hará cargo del proceso de elección y proclamación de los representantes de la Sociedad Civil ante el Comité de Coordinación Local del Distrito de Carabayllo - CCLD, para el periodo 2018-2020 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2018-A/MDC Carabayllo, 23 de abril de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO VISTO:El Informe Nº 215-2018-GMDH/MDC, emitido por la Gerencia de Mujer y Desarrollo Humano, mediante el cual informa que el periodo de funcionamiento del Consejo de Coordinación Local del Distrito culmina su periodo 2016 - 2018, por lo cual es necesario convocar y organizar las elecciones de los representantes de la Sociedad Civil en el Consejo Coordinación Local del Distrito de Carabayllo para el periodo 2018 – 2020; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, de acuerdo a los artículos 6º, 20º, inciso 6, y 42º de esta misma norma, la alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa, con atribución para dictar decretos de alcaldía, a través de los cuales establece normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas. Que, el artículo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un período de 2 (dos) años, entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada. Que, con Ordenanza Nº 034-2003-A/MDC publicado por el diario O fi cial El Peruano, el 22 de Noviembre del 2003, que aprueba el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Carabayllo, establece que la convocatoria a elecciones del Comité Electoral y de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, se realiza mediante Decreto de Alcaldía, estableciéndose el cierre de inscripciones, lugar, fecha y hora en que se realiza la elección, de acuerdo al Art. 42 de la ley Orgánica de Municipalidades. Que, debido a que la Ordenanza Nº 034-2003-A/ MDC, no regula la designación y constitución del Comité Electoral que se haría cargo del proceso de elección y proclamación de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; que resulten electos; sin embargo puede aplicarse en forma supletoria lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo 041-2003-A/MDC, de fecha 25 de agosto del 2003, con el que se constituyó el Primer Comité electoral con un número impar de funcionarios con Cargo de Con fi anza en ejercicio de la propia, teniendo en cuenta sus funciones previstos en el R.O.F de la Municipalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las Atribuciones y Disposiciones conferidas en el Numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaría General Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano: SE DECRETA:Artículo 1º.- CONSTITUIR el Comité Electoral que se hará cargo del proceso de elección y proclamación de los representantes de la Sociedad Civil ante el Comité de Coordinación Local del Distrito de Carabayllo – CCLD, para el periodo 2018-2020; Comité Electoral que estará conformada por: RESPONSABLE CARGO - Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano Presidenta - Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación InternacionalSecretario de Actas - Gerencia de Seguridad Ciudadana Miembro del Comité Electoral - Subgerente de Participación Vecinal Miembro del Comité Electoral - Subgerente de Informática Miembro del Comité Electoral- Subgerente de Imagen Institucional Miembro del Comité Electoral Artículo 2º: APROBAR el cronograma de actividades del Comité Electoral para el proceso electoral del Comité de Coordinación Local del Distrito de Carabayllo – CCLD, para el periodo 2018-2020 que se llevará a cabo de acuerdo al siguiente detalle: ACTIVIDADES FECHA, DIA Y HORA LUGAR Instalación del Equipo 31 de mayo Difusión de la convocatoria de elecciones al CCLDDel 1 al 28 de junioTodo el distrito de Carabayllo Apertura del Libro de Registro 2 de julioSub Gerencia de Participación Vecinal Inscripción de Organizaciones de la Sociedad CivilDel 2 al 20 de julio Desde las 08:00 a 17:00 horasMesa de partes Elaboración y Publicación del Padrón de organizaciones1 juliolocales de la Municipalidad Inscripción de listas de candidatos para representantes del CCLD9, 10 y 11 de julio Mesa de partes Impugnación a los candidatos inscritos12 y 13 de julio Mesa de Partes Resolución de impugnaciones 16 al 17 de julioGerencia de la Mujer y Desarrollo Humano Publicación del Padrón final 18 al 20 de juliolocales de la Municipalidad Capacitación para candidatos del CCLD23 de julio Palacio Municipal Elecciones del CCLD30 de julio de 8.00 a 12.00 horasLocal Multiusos de la Municipalidad de Carabayllo.