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91 NORMAS LEGALES Jueves 28 de junio de 2018 El Peruano / programación; a la Gerencia de Plani fi cación Estratégica y a la Gerencia de Administración y Finanzas y sus Unidades competentes el presupuesto para la celebración del mismo. Artículo Sexto.- Facultar al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El peruano Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1664109-1 Aprueban el Plan Anual 2018 del Programa Valores en San Borja DECRETO DE ALCALDÍA N° 010-2018-MSB-A San Borja, 15 de junio de 2018. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS, el Informe N° 01-2018-MSB-GDH-PV, de la Coordinadora del Programa Valores en San Borja de fecha 25 de enero de 2018, el Informe N° 09-2018-MSB-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano de fecha 02 de febrero de 2018, el Informe N° 144-2018-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 07 de mayo de 2018, y el Memorando N° 436-2018-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 18 de mayo de 2018, sobre la aprobación de Plan de Trabajo 2018 del Programa de Valores en San Borja; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades, son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 4° de la Constitución Política del Perú, señala que la comunidad y el Estado protege a la familia, reconociéndola como instituto natural y fundamental de la sociedad; Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades dispone que los Gobiernos Locales cumplen sus competencias y funciones especí fi cas municipales, en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; en concordancia con el artículo 84° señala que las municipalidades distritales en materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos tienen como función especí fi ca (2.9) promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual; Que, la Ley N° 2854 – Ley de Fortalecimiento de la Familia, tiene como objetivo promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano, de acuerdo a la cual se emite el decreto Supremo N° 003-2016-MIMP que aprueba el “Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2016-2021”, el cual tiene como visión que al 2021 las familias estén fortalecidas como instituciones que promueven relaciones democráticas, igualitarias e inclusivas con calidad de vida, a través de la formación, socialización, cuidado, seguridad económica y afecto, que contribuyen al desarrollo integral de sus miembros; Que, en esa línea normativa la Ordenanza N° 598- MSB “Ordenanza de Promoción de Valores en el Distrito de San Borja y la aprobación del Programa Valores en San Borja” tiene como fi nalidad fomentar y promover la educación de valores en niños, adolescentes, adultos y adultos mayores, a fi n de preservar una convivencia armoniosa y saludable en el distrito, para lo cual dispone la creación del Programa Valores en San Borja, el cual debe ejecutarse de acuerdo al Plan Anual que deberá proponer la Gerencia de Desarrollo Humano; Que, mediante Informe N° 09-2018-MSB-GDH la Gerencia de Desarrollo Humano recoge el Plan de Trabajo Anual 2018 propuesto por la coordinadora del programa “Valores en San Borja” a través del Informe N° 01-2018-MSB-GDH-PV, de acuerdo a los objetivos planteados por la Ordenanza N° 598-MSB, con el objetivo de desarrollar actividades que fortalezcan y promuevan una conducta enfocada en valores y en el fortalecimiento de las familias por ser base del aprendizaje social; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 144-2018-GM-GAJ, opina que la propuesta de Plan de Trabajo 2018 del Programa “Valores en San Borja” se ajusta al marco legal vigente; debiendo ser aprobado con e fi cacia anticipada al 08 de enero de 2018, por Decreto de Alcaldía; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentes o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su aprobación”; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20° numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto bueno de la Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual 2018 del Programa Valores en San Borja, cuyo texto adjunto forma parte integrante del presente Decreto, con e fi cacia anticipada al 08 de enero del 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento del presente Decreto, en cuanto le corresponda. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información la publicación del presente Decreto de Alcaldía y el íntegro de su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Borja. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1664108-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ Modifican la R.A. N° 029-2018-MPH-A, sobre desconcentración y delegación de competencias y facultades en materia presupuestal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 046-2018-MPH-A Huaraz, 1 de febrero del 2018