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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (28/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 98

6 NORMAS LEGALES Jueves 28 de junio de 2018 / El Peruano proyectos y programas orientados a combatir la inseguridad ciudadana; contando para tal efecto con un Comité de Administración que asigna los recursos de acuerdo a los planes de seguridad ciudadana aprobados en el marco de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN; Que, mediante el literal a) del artículo 19 de la Ley Nº 30693 se asignan recursos en el presupuesto institucional del Ministerio del Interior, hasta la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, al fi nanciamiento de los fi nes del FESC, creado por el Decreto de Urgencia Nº 052-2011; Que, la Sexagésima Primera Disposición Complementaria Final de la citada Ley, autoriza al Ministerio del Interior, de manera excepcional en el presente año fi scal, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del FESC, para la ejecución de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema nacional, por los gobiernos regionales o los gobiernos locales, previa suscripción de un convenio, donde, entre otros aspectos, se señalen las responsabilidades de cada entidad, incluyendo la obligatoriedad de la entidad receptora de los recursos de informar al Ministerio del Interior, sobre el avance físico y fi nanciero de la ejecución de las inversiones a fi nanciar; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final dispone que dichas inversiones serán aprobadas en el marco de los fi nes y procedimientos del FESC y que las referidas modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional serán aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior, a propuesta de este último; Que, de conformidad con el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, se dispone como plazo el 29 de junio de 2018 para efectuar incorporaciones o transferencias de recursos del FESC o de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los pliegos presupuestarios para el fi nanciamiento de los fi nes del FESC; Que, mediante Acta de Sesión de fecha 11 de junio de 2018, el Comité de Administración del FESC aprobó la priorización de seis (06) proyectos de inversión relacionados a Seguridad Ciudadana, a cargo de seis (06) Gobiernos Locales, por la suma de S/ 30 711 695,00 (TREINTA MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos asignados al Ministerio del Interior en el literal a) del artículo 19 de la Ley Nº 30693; Que, en consecuencia, mediante la Resolución Ministerial Nº 785-2018-IN se aprueba la asignación fi nanciera de los recursos provenientes del FESC, por la suma señalada en el Acta de Sesión de fecha 11 de junio de 2018 del Comité de Administración del FESC, a favor de los seis (06) Gobiernos Locales; Que, mediante Informe Nº 000418-2018/IN/OGPP/ OPP, la O fi cina de Plani fi cación Operativa y Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio del Interior señala que para el año 2018 el citado pliego cuenta con recursos que le permiten atender la transferencia de partidas con cargo al FESC en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados para la ejecución de proyectos de inversión a cargo de seis (06) Gobiernos Locales, según lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 785-2018-IN; asimismo, se informa que se han suscrito los Convenios Especí fi cos de Cooperación Interinstitucional con los respectivos Gobiernos Locales; en virtud de lo cual, a través del O fi cio Nº 1173-2018- IN/SG, el Ministerio del Interior solicita dar trámite a la respectiva transferencia de partidas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, del pliego 007: Ministerio del Interior a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 30 711 695,00 (TREINTA MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), en el marco de lo dispuesto en la Sexagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693; De conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 19 y en la Sexagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; así como el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 30 711 695,00 (TREINTA MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor de seis Gobiernos Locales, con cargo a los recursos asignados en el presupuesto institucional del pliego 007: Ministerio del Interior para los fi nes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana (FESC), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del InteriorUNIDAD EJECUTORA 032 : O fi cina General de Infraestructura PROGRAMA PRESUPUESTAL 0030 : Reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana PROYECTO 2001621 : Estudios de pre-inversiónFUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros : 30 711 695,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 30 711 695,00 =========== A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos localesPROGRAMA PRESUPUESTAL 0030 : Reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 30 711 695,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 30 711 695,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de proyectos de inversión con cargo al FESC”, que forma parte integrante del Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que