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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2018 (02/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Viernes 2 de marzo de 2018 El Peruano / Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, corresponde autorizar la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de enero de 2018 a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignar los montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de enero del año 2018, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: EntidadesMonto a Distribuir US$ S/ MUNICIPALIDADES DISTRITALES 814,165.88 31,536.85INGEMMET 216,699.88 8,409.83 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS 54,174.97 2,102.45 GOBIERNOS REGIONALES 965.29 0.00TOTAL 1,086,006.02 42,049.13 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una fi nalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fi n de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR BERNUY VERAND Presidente del Consejo DirectivoINGEMMET ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de enero de 2018 a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ US$ AMAZONAS/BONGARA CHURUJA 0.00 675.00 FLORIDA 0.00 300.00 AMAZONAS/LUYADPTO. / PROV. / DISTRITO S/ US$ SAN JERONIMO 0.00 675.00 ANCASH/AIJA LA MERCED 0.00 675.00 ANCASH/ANTONIO RAYMONDI LLAMELLIN 0.00 2,250.00 ANCASH/BOLOGNESI ANTONIO RAYMONDI 0.00 225.00 HUALLANCA 0.00 225.00 HUASTA 0.00 675.00 ANCASH/CARHUAZ ANTA 0.00 112.50 ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA 0.00 900.75 CASMA 0.00 450.00 COMANDANTE NOEL 0.00 900.00 YAUTAN 0.00 1,125.00 ANCASH/CORONGO ACO 0.00 1,462.50 CORONGO 0.00 1,462.50 YUPAN 0.00 526.50 ANCASH/HUARAZ HUANCHAY 0.00 900.00 HUARAZ 0.00 900.00 INDEPENDENCIA 0.00 1,350.00 JANGAS 0.00 1,350.00 LA LIBERTAD 0.00 900.00 OLLEROS 0.00 450.00 PARIACOTO 0.00 112.50 PIRA 0.00 2,025.00 ANCASH/HUARI SAN MARCOS 0.00 4,725.00 ANCASH/HUARMEY HUARMEY 0.00 8,100.00 ANCASH/HUAYLAS CARAZ 0.00 112.50 PUEBLO LIBRE 0.00 112.50 ANCASH/MARISCAL LUZURIAGA LLUMPA 0.00 112.50 LUCMA 0.00 112.50 ANCASH/OCROS SAN PEDRO 0.00 450.00 ANCASH/PALLASCA CABANA 0.00 450.00