Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2018 (02/03/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Viernes 2 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

89

Jueza Especializada Supernumeraria del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Pachacutec, a partir del 01 de marzo del año en curso. Artículo Décimo Noveno.- DESIGNAR al señor doctor FELIX WILMER ESPINOZA MOTTA, como Juez Especializado Supernumerario del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec, a partir del 01 de marzo del año en curso ejerciendo labor efectiva al término de sus vacaciones judiciales. Artículo Vigèsimo.- DESIGNAR a la señora doctora ELENA LUISA MACHACA GIL como Jueza Especializada Supernumeraria del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Mi Perú, a partir del 01 de marzo de 2018. Artículo Vigèsimo Primero.- DESIGNAR a la señora doctora SILVIA MARISA VILLAR RODRIGUEZ, como Jueza Especializada Supernumeraria del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa, a partir del 01 de marzo de 2018. Artículo Vigèsimo Segundo.- DISPONER que la señora doctora JULIA ESTHER ESQUIVEL APAZA como Jueza Especializada Supernumeraria del Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Mi Perú, alterne el Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Ancón y Santa Rosa, hasta el término de las vacaciones del señor doctor JUAN CARLOS HUAMAN ALFARO. Artículo Vigèsimo Tercero.- DISPONER que la señora doctora MARITZA DEL ROSARIO MINA BALLONA como Jueza Especializada Supernumeraria del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Pachacutec, alterne el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec, hasta el término de las vacaciones del señor doctor FELIX WILMER ESPINOZA MOTTA. Artículo Vigèsimo Cuarto.PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de la Junta de Fiscales de Ventanilla, Dirección de la Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal, Administración del Módulo Penal y a los Magistrados interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1621439-1

Establecen disposiciones relativas a la redistribución de carga procesal en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 065-2018-P-CSJV/PJ Ventanilla, veintiocho de febrero de dos mil dieciocho.VISTOS: Decreto Supremo N° 002-2016-JUS; Resolución Administrativa N° 082-2016-CE-PJ; Resoluciones Administrativas Nros. 072-2017-CEPJ, 044-2018-CE-PJ, 045-2018-CE-PJ; Informe N° 001-2018-ST-ETIDISTRITALCPP-CSJV/PJ; Informe N° 09-2018-AE-CSJV/PJ; y, CONSIDERANDO: Primero.- Por Decreto Supremo N° 002-2016-JUS publicado con fecha 31 de marzo de 2016, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, disponiéndose su implementación a

partir del 01 de mayo del 2016 en el Distrito Judicial de Ventanilla. Segundo.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 082-2016-CE-PJ, de fecha 01 de abril de 2016, creó a partir del 01 de mayo de 2016, los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Ventanilla, para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal: Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, Juzgado de Investigación Preparatoria de Ancón y Santa Rosa, Juzgado de Investigación Preparatoria de Mi Perú, Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Ventanilla, Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Ventanilla, Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla. Tercero.- Por Resolución Administrativa N° 072-2017-CE-PJ de fecha 22 de febrero de 2017, en atención al Segundo Tramo de Implementación del Código Procesal Penal que resolvió la creación y entrada en funcionamiento del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla; Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec; Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa; Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Mi Perú; Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Ancón y Santa Rosa; y Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Ventanilla, a partir de 01 de mayo de 2017. Cuarto.Por Resoluciones Administrativas Nros. 044-2018-CE-PJ y 045-2018-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo, en atención al Tercer Tramo de Implementación del Código Procesal Penal, dispuso que a partir del 01 de marzo del 2018, entren en funcionamiento, los siguientes órganos jurisdiccionales: Sala Penal de Apelaciones Transitoria de Ventanilla, Juzgado Penal Colegiado Permanente de Ventanilla, Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla, Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Ventanilla, Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Mi Perú, Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Santa Rosa y Ancón, Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec, y Primer y Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Pachacutec; y la conversión del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla como Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Pachacutec; asimismo del Primer y Segundo Juzgado Penal Liquidador en Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Ancón y Santa Rosa, y Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Mi Perú, respectivamente. Quinto.- En tal sentido, por Resolución Administrativa Nº 044-2018-CE-PJ en su artículo quinto se faculta a la Presidencia de este Distrito Judicial para encargar a los órganos jurisdiccionales creados a mérito del proceso de implementación del Código Procesal Penal, que entrarán en funciones a partir del 01 de marzo de 2018, el conocimiento de los procesos tramitados con el Código de Procedimientos Penales de 1940, en forma equitativa; en tanto que dichos órganos jurisdiccionales equilibren su carga con el nuevo modelo Procesal Penal. Sexto.- El artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 045-2018-CE-PJ, dispuso ejecutar a partir del 1 de marzo de 2018, en el Distrito Judicial de Ventanilla, las siguientes medidas: a) Que el Primer y Segundo Juzgado Penal Liquidador Permanente de Ventanilla, remitan su carga procesal penal aún pendiente bajo el Código de Procedimiento Penales de 1940 al Segundo Juzgado Penal de Investigación Permanente de Ventanilla; b) Que el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla redistribuya la carga procesal penal pendiente al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Ventanilla; c) Que el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa redistribuya la carga procesal penal pendiente al Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Ancón y Santa Rosa; d) Que el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Ancón y Santa Rosa redistribuya la carga procesal penal pendiente al Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Ancón y Santa Rosa; e) Que el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Mi Perú redistribuya la carga procesal penal pendiente al

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.