Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2018 (28/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Miércoles 28 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Norma Técnica denominada "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reconocer la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria nahua, realizada mediante Resolución Directoral N° 002-2018-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA-DEIB, conforme a las siguientes veintiún (21) grafías:
a k sh e m x i n h u ñ t b p ts d r w ch s y

Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1631375-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan a Consorcio Transmantaro S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para proyecto ubicado en el departamento de Junín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 083-2018-MEM/DM Lima, 2 de marzo de 2018 VISTOS: El Expediente N° 14381417 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto "Subestación Orcotuna 220/60 kV", presentada por Consorcio Transmantaro S.A.; y, los Informes N° 730-2017MEM/DGE-DCE y N° 112-2018-MEM/OGJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; Salida/Llegada de la Línea de Transmisión S.E. Orcotuna ­ T059 (L.T. Huayucachi ­ Huanza) Subestación Tensión (kV) 220 N° de Ternas 02

Que, Consorcio Transmantaro S.A. y el Ministerio de Energía y Minas suscribieron el Contrato de Concesión SCT del Proyecto "Subestación Orcotuna 220/60 kV" (en adelante, el Contrato SCT), cuya fecha de cierre se efectuó el 19 de noviembre de 2014, mediante el cual Consorcio Transmantaro S.A. se obliga a diseñar, financiar, suministrar los bienes y servicios requeridos, construir, operar y mantener el proyecto "Subestación Orcotuna 220/60 kV", que incluye la implementación de la nueva S.E. Orcotuna y la línea de enlace entre esta subestación y la Línea de Transmisión en 220 kV Huayucachi ­ Huanza ­ Carabayllo; Que, mediante Carta CS00632-17032266 con Registro N° 2732193, de fecha 11 de agosto de 2017, complementada con Carta CS01084-17032266 con Registro N° 2733749, de fecha 18 de agosto de 2017, Consorcio Transmantaro S.A. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto "Subestación Orcotuna 220/60 kV", ubicado en los distritos de Orcotuna y Manzanares, provincia de Concepción, departamento de Junín; Que, mediante Resolución Directoral N° 209-2016MEM/DGAAE, de fecha 4 de julio de 2016, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprueba a favor de Consorcio Transmantaro S.A., la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Construcción Nueva Subestación Orcotuna 220/60 kV y enlaces de conexión", ubicado en los distritos de Orcotuna y Manzanares, provincia de Concepción, departamento de Junín; Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que, recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto "Subestación Orcotuna 220/60 kV"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Consorcio Transmantaro S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto "Subestación Orcotuna 220/60 kV", ubicado en los distritos de Orcotuna y Manzanares, provincia de Concepción, departamento de Junín, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Longitud (km) 4,64 Descripción de características técnicas Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) 25

S.E. Orcotuna

En 220 kV: Configuración de doble barra más seccionador de transferencia en 220 kV; implementación de dos (2) celdas de línea en 220 kV, una (1) celda de transformación para transformador de potencia 220/60/10 kV, 50/50/15 MVA (ONAN), una (1) celda de acoplamiento; espaciamiento para conexiones futuras. En 60 kV: Configuración de doble barra en 60 kV; implementación de cuatro (4) celdas de línea en 60 kV, una (1) celda de transformación en 60 kV, una (1) celda de acoplamiento; espaciamiento para conexiones futuras.

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 517-2017 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Consorcio Transmantaro S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos.

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