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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2018 (28/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de marzo de 2018 El Peruano / De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Norma Técnica denominada “Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Reconocer la o fi cialidad del alfabeto de la lengua originaria nahua, realizada mediante Resolución Directoral N° 002-2018-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA-DEIB, conforme a las siguientes veintiún (21) grafías: ae i ubd c h kmnñp r s sh x h t ts w y Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1631375-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan a Consorcio Transmantaro S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para proyecto ubicado en el departamento de Junín RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 083-2018-MEM/DM Lima, 2 de marzo de 2018 VISTOS: El Expediente N° 14381417 sobre la solicitud de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Subestación Orcotuna 220/60 kV”, presentada por Consorcio Transmantaro S.A.; y, los Informes N° 730-2017-MEM/DGE-DCE y N° 112-2018-MEM/OGJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;CONSIDERANDO: Que, Consorcio Transmantaro S.A. y el Ministerio de Energía y Minas suscribieron el Contrato de Concesión SCT del Proyecto “Subestación Orcotuna 220/60 kV” (en adelante, el Contrato SCT), cuya fecha de cierre se efectuó el 19 de noviembre de 2014, mediante el cual Consorcio Transmantaro S.A. se obliga a diseñar, fi nanciar, suministrar los bienes y servicios requeridos, construir, operar y mantener el proyecto “Subestación Orcotuna 220/60 kV”, que incluye la implementación de la nueva S.E. Orcotuna y la línea de enlace entre esta subestación y la Línea de Transmisión en 220 kV Huayucachi – Huanza – Carabayllo; Que, mediante Carta CS00632-17032266 con Registro N° 2732193, de fecha 11 de agosto de 2017, complementada con Carta CS01084-17032266 con Registro N° 2733749, de fecha 18 de agosto de 2017, Consorcio Transmantaro S.A. solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “ Subestación Orcotuna 220/60 kV”, ubicado en los distritos de Orcotuna y Manzanares, provincia de Concepción, departamento de Junín; Que, mediante Resolución Directoral N° 209-2016- MEM/DGAAE, de fecha 4 de julio de 2016, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprueba a favor de Consorcio Transmantaro S.A., la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción Nueva Subestación Orcotuna 220/60 kV y enlaces de conexión”, ubicado en los distritos de Orcotuna y Manzanares, provincia de Concepción, departamento de Junín; Que, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que, recomiendan otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “ Subestación Orcotuna 220/60 kV”; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Consorcio Transmantaro S.A., la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Subestación Orcotuna 220/60 kV”, ubicado en los distritos de Orcotuna y Manzanares, provincia de Concepción, departamento de Junín, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)N° de TernasLongitud (km)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. Orcotuna – T059 (L.T. Huayucachi – Huanza)220 02 4,64 25 Subestación Descripción de características técnicas S.E. OrcotunaEn 220 kV: Confi guración de doble barra más seccionador de transferencia en 220 kV; implementación de dos (2) celdas de línea en 220 kV, una (1) celda de transformación para transformador de potencia 220/60/10 kV, 50/50/15 MVA (ONAN), una (1) celda de acoplamiento; espaciamiento para conexiones futuras.En 60 kV: Confi guración de doble barra en 60 kV; implementación de cuatro (4) celdas de línea en 60 kV, una (1) celda de transformación en 60 kV, una (1) celda de acoplamiento; espaciamiento para conexiones futuras. Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 517-2017 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Consorcio Transmantaro S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos.