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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2018 (02/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

44 Miércoles 2 de mayo de 2018 / El Peruano PROYECTO en el tiempo por pago adelantado y la tasa pasiva correspondiente, el mismo que será aplicado al cargo fi jo mensual. Para su cálculo se utilizará la tasa anual de interés pasiva en moneda nacional (TIPMN) de 2.48% (a diciembre del 2017) publicada por la Superintendencia de banca y seguros SBS, y tomando como periodo de tiempo los dos meses que disponen los usuarios pos pago para el pago de su servicio de electricidad. El factor de descuento por pago adelantado β será igual a 0.9959. Artículo 5.- Remisión y Publicación de las Tarifas Las empresas prestadoras del servicio eléctrico a través de sistemas fotovoltaicos aplicarán las disposiciones tarifarias de los artículos precedentes para determinar los cargos fijos aplicables al usuario final, debiendo remitir a la Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin, previamente a su publicación, en cada oportunidad, copia suscrita por su representante legal. La publicación deberá efectuarse en uno de los diarios de mayor circulación local y será vigente a partir del día siguiente a su publicación. Asimismo, dicha publicación deberá ser exhibida en las oficinas de atención al público. Artículo 6.- Vigencia de la Resolución La presente resolución entrará en vigencia el 17 de agosto de 2018 y será aplicable hasta el 16 de agosto de 2022. La tarifa eléctrica rural para sistemas fotovoltaicos será revisada antes de su vencimiento, sólo en el caso que los valores actualizados dupliquen los valores fi jados en la presente resolución. Artículo 7.- Informes Sustentatorios Incorpórese los Informes N° XXX-2018-GRT y N° XXX-2018-GRT como parte integrante de la presente resolución. Artículo 8.- Publicación de la Resolución La presente resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y consignada, en el portal de internet de Osinergmin http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2018.aspx junto con los Informes N° XXX-2018-GRT y N° XXX-2018-GRT. ANEXO 2 Relación de Información que sustenta el Proyecto de Resolución de Fijación de la Tarifa Eléctrica Rural para Suministros No Convencionales (Sistemas Fotovoltaicos) 1. Informe Técnico N° xxx-2018-GRT y Archivos de Cálculo de la Tarifa. 2. Informe Legal N° xxx-2018-GRT. 1642669-1 REQUISITOS PARA PUBLICACI ŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario O fi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justi fi car; si incluyen grá fi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN