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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2018 (02/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de mayo de 2018 / El Peruano Artículo Sexto.- DISPONER que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de concluida la participación internacional, la señora fi scal autorizada en el artículo primero de la presente resolución deberá presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe detallado que describa las actividades realizadas y los resultados obtenidos en la capacitación. Artículo Séptimo.- DISPONER que la señora fi scal autorizada en la presente resolución, deberá promover la realización de actividades de capacitación vinculadas al objeto materia de su participación internacional, que permitan transmitir sus conocimientos adquiridos a los integrantes del Ministerio Público, bajo la supervisión de la Escuela del Ministerio Público. Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Escuela del Ministerio Público “Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel”, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en delitos de Trata de Personas, Unidad Central a Asistencia a Víctimas y Testigos, Gerencia General, Gerencia Central de Logística, Gerencia Central de Potencial Humano, O fi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a la interesada para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1642681-3 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1470-2018 Lima, 17 de abril de 2018 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Antonio Conrado Chicchón Seminario para que se autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, por Resolución SBS N° 7730-2015 de fecha 23 de diciembre de 2015, se autorizó la inscripción del señor Antonio Conrado Chicchón Seminario como Corredor de Seguros Generales; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 28 de marzo de 2018, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Antonio Conrado Chicchón Seminario postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación;Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en la Resolución SBS Nº 1797-2011 y en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Antonio Conrado Chicchón Seminario, con matrícula número N-4380, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1642508-1 Rectifican la Res. N° 1445-2018 que autoriza a AFP Habitat la apertura de nueva agencia en el departamento de Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 1486-2018 Lima, 17 de abril de 2018LA INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La Resolución SBS Nº 1445-2018 de fecha 16 de abril de 2018, que autoriza a AFP Habitat, la apertura de la nueva Agencia ubicada en avenida Los Maestros Nº 206, El Quinde Shopping Plaza LC-301, fundo San José, distrito y departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1445-2018 se autoriza a AFP Habitat a la apertura de la nueva Agencia ubicada en avenida Los Maestros Nº 206, El Quinde Shopping Plaza LC-301, fundo San José, distrito y departamento de Ica; Que, mediante Resolución SBS Nº 1445-2018 se expide y otorga el Certi fi cado Nº HA-008, con la dirección de la nueva agencia referida en la presente Resolución, resultando que dicho Certi fi cado ya se encuentra asignado a otra agencia según el reporte “Agencias Activas por AFP Activa/inactiva”, motivo por el cual es necesario expedir el Certi fi cado Nº HA-009; Que, la Tercera Disposición Final y Transitoria del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF, dispone que los procedimientos que se sigan ante la Superintendencia se ajustan a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444; Que, el artículo 201º de la citada norma establece que la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;