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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2018 (02/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de mayo de 2018 / El Peruano de Gestión de Riesgos de Desastres en el ámbito de su competencia. Dichos Grupos de Trabajo deben estar integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes de sus respectivos estamentos de gobierno. Asimismo, se establece que los Gobiernos Regionales y Locales incorporan en sus procesos de plani fi cación, de ordenamiento territorial, de gestión ambiental y de inversión pública, la Gestión de Riesgo de Desastres. Que, mediante Directiva Nº 001-2012-PCM/ SINAGERD, aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM, se impartieron los “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de gobierno”, que rigen al Gobierno Nacional, Gobierno Regional y al Gobierno Local. Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (GRD) se establece un conjunto de directrices generales que son de obligatorio cumplimiento para las entidades conformantes del Sistema, señalando asimismo, objetivos, estrategias, metas y prioridades en materia de Gestión de Riesgo de Desastres a largo, mediano y corto plazo en los ya indicados niveles de gobierno; y promoviendo la asignación de recursos presupuestales para la GRD, en función a dichas prioridades, por lo que también constituye un instrumento útil para la toma de decisiones, para el desarrollo sostenible de sus jurisdicciones. Que, en concordancia con lo previsto por el artículo 12 de la Ley Nº 29664, el numeral 6.1., del artículo 6 de su Reglamento, establece como funciones del Centro Nacional de Estimación Prevención y Reducción de Riesgo de Desastres (CENEPRED) asesorar y proponer al ente rector –Presidencia del Consejo de Ministros- la normativa que asegure y facilite los procesos técnicos y administrativos de estimación, prevención, reducción de riesgo así como de reconstrucción. Que, el CENEPRED, durante los años 2012, 2013 y 2014, ha generado documentos importantes de regulación de la gestión prospectiva y correctiva de la GRD, como los Lineamientos Técnicos, la Guía Metodológica para elaborar el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres en los tres niveles de gobierno y la Directiva Nº 013-2016-CENEPRED/J “Directiva de Procedimientos Administrativos para elaborar el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres en los tres niveles de gobierno”, para minimizar o eliminar los factores de riesgo en las localidades y se reduzca a futuro el impacto de los desastres y cuyo objetivo orienta el procedimiento de elaboración del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (PPRRD) por los Gobiernos Regionales y las Municipalidades, en concordancia con los lineamientos técnicos de los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres, así como con la Política y el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres. Que, en observancia a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD, aprobada por Resolución Ministerial Nº 276-2012-PCM, el Gobierno Regional de Madre de Dios ha emitido la Resolución Ejecutiva Regional Nº 214-2017-GOREMAD/GR, constituyendo el Grupo de Trabajo de Gestión de Riesgo de Desastres, para la formulación de los instrumentos estratégicos para la Gestión de Riesgo de Desastres de Madre de Dios. Que, con fecha 09 de noviembre del 2017, se desarrolló la reunión de trabajo de los miembros conformantes del referido Grupo de Trabajo, en la O fi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil del GOREMAD, en la cual se validó la Propuesta del “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres de la Región Madre de Dios al 2021”. Que, el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres de la Región Madre de Dios al 2021, cuenta con el Informe Técnico presentado por el Director de la O fi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil del GOREMAD, que, entre otros aspectos de importancia considera su estructura y contenido, acorde con la formulación asumida por el CENEPRED: a) caracterización del territorio; b) diagnóstico de la gestión del riesgo de desastres, y c) fase estratégica, y consta de 210 páginas.Que, asimismo, cuenta con opinión legal favorable expresada con el Informe Legal Nº 1320-2017-GOREMAD/ORAJ, de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del GOREMAD, la que además de considerar la normativa aplicable, señala que la prevención y reducción de riesgo de desastres en la Región Madre de Dios, requiere de un compromiso político y de una coordinación permanente entre los diversos actores del desarrollo regional, consecuente con los objetivos estratégicos, programas, proyectos y acciones que contiene el Plan, el mismo que constituye un instrumento valioso y trascendente que contribuye con el proceso de desarrollo sostenible de la Región, a fi rmación concordante con lo expresado por el Sub Gerente de Planeamiento en cuanto re fi ere que el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres de la Región Madre de Dios al 2021 se enmarca dentro del Plan de Desarrollo Regional Concertado - Madre de Dios hacia el 2021, aprobado mediante Ordenanza regional Nº 05-2017-RMDD/CR, y contiene una matriz de articulación con el Plan Estratégico Institucional y el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres 2014- 2021, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM. Que, la Comisión de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional de Madre de Dios constituida mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 003-2018-RMDD/CR, ha emitido el Dictamen Nº 001-2018-GOREMAD/CSPDSSCYDC, mediante el cual, luego de analizar y evaluar lo solicitado por el Gobernador Regional mediante Ofi cio Nº 663-2017-GOREMAD/GR, recomienda al Pleno del Consejo Regional su aprobación a través de una Ordenanza Regional, a efectos de comprometer la participación de todos los actores del Sistema de Gestión de Riesgo de Desastres, posibilitando la viabilidad de los demás planes y proyectos de desarrollo regional sostenible y su correspondiente asignación presupuestal. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades contenidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y con el voto unánime de los consejeros regionales. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR, el PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DE LA REGIÓN MADRE DE DIOS AL 2021, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Grupo de Trabajo para la Gestión de Riesgo de Desastres del Gobierno Regional de Madre de Dios, la implementación, monitoreo y evaluación del Plan mencionado en el artículo precedente; bajo responsabilidad, con la activa participación de los Sectores, incluyendo a los Gobiernos Locales, que a su vez deberán incorporarlo en sus planes de desarrollo concertado local y planes operativos institucionales, sin perjuicio de articular la gestión reactiva con el Sistema Regional de Defensa Civil, los Centros de Operaciones de Emergencia Regional y Local y las Plataformas de Defensa Civil Regional y Local, para el cabal cumplimiento de la presente norma regional. Artículo Tercero.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. YILMER GONZALES KHAN Consejero DelegadoConsejo Regional