Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2018 (03/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de mayo de 2018 /

El Peruano

del Poder Judicial dispuso que ciertos procesos por delitos de corrupción de funcionarios, tramitados con el Código de Procedimientos Penales, ante la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta Salas Penales con reos libres, sean conocidos por la Primera, Segunda y Tercera Salas Penales de Apelaciones del Subsistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo: Que, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1833-2012-MP-FN, de fecha 18 de julio de 2012, se convirtió la Primera Fiscalía Superior Penal Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios en Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios y se convirtió la Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Fiscalías Superiores Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, en Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Fiscalías Superiores de dichas especialidad con competencia en el distrito fiscal de Lima; Tercero: Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1885-2012-MP-FN, de fecha 24 de julio de 2012, se delimitó la competencia de los citados despachos disponiéndose en su artículo primero: que los despachos superiores que venían conociendo, antes de su conversión, las audiencias de juicio oral con sus homólogos del Poder Judicial, continúen interviniendo hasta su culminación y, en su artículo segundo: que los nuevos despacho superiores asuman los juicios orales que se inicien en sus respectivas salas homologas; Cuarto: Que el Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional y en ese marco conceptual adoptar las medidas necesarias a efectos de brindar un servicio fiscal eficiente y oportuno, por lo que, atendiendo la citada Resolución Administrativa del Poder Judicial corresponde modificar el artículo segundo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1885-2012-MP-FN, de fecha 24 de julio de 2012. En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el Artículo Segundo de la Resolución N° 1885-2012-MP-FN, de fecha 24 de julio de 2012, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo Segundo: Disponer que las Fiscalías Superiores Penales del Subsistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, conozcan la etapa de juicio oral de los procesos tramitados con el Código de Procedimientos Penales, que sean de competencia de sus respectivas Salas homólogas". Articulo Segundo.- Disponer que el señor Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios adopte las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Corte Superior de Justicia de Lima, Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1643300-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a AFP Habitat la apertura de agencia en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN SBS Nº 1445-2018 Lima, 16 de abril de 2018 LA INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación de AFP Habitat N° GG-082-2018, ingresada con registro N° 2018-19560 y el Informe N° 055-2018-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicación de vistos, AFP Habitat solicita se autorice la apertura de su nueva agencia ubicada en la avenida Los Maestros N° 206, El Quinde Shopping Plaza LC-301, fundo San Jose, distrito y departamento de lca; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la nueva agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe N° 055-2018-DSIP de fecha 27 de marzo de 2018, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución N° 053-98- EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS N° 842-2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a AFP Habitat, la apertura de la nueva Agencia ubicada en avenida Los Maestros N° 206, El Quinde Shopping Plaza LC-301, fundo San Jose, distrito y . departamento de lca. Artículo Segundo.- Expedir y otorgar el Certificado N° HA-008, con la dirección de la nueva agencia referida en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS RIVADENEYRA BACA Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales 1643016-1

Autorizan al Banco de la Nación el cierre temporal de oficina especial ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1539-2018 Lima, 19 de abril de 2018

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