Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2018 (10/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Jueves 10 de mayo de 2018 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 3° de la Ley N°27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N°012-2013-JUS, es facultad del Superintendente Nacional designar, sancionar y remover al personal de con fi anza de la Sede Central de la Sunarp; Que, el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de la Sede Central de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos se encuentra vacante; por lo que, resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con el visado del Secretario General, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, De conformidad al literal j) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N°012-2013-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designación. Designar, a partir del 10 de mayo de 2018, en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración de la Sede Central de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, al Ingeniero Raúl Jesús Palomino Amblódegui. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1646310-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Aprueban el “Reglamento que establece el régimen de notificaciones de los actos administrativos emitidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones” y sus anexos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000155-2018-MIGRACIONES Lima, 9 de mayo de 2018 VISTOS , los Informes N° 000600-2017-AJ- MIGRACIONES de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; N° 000056-2018-AF/MIGRACIONES de la Ofi cina General de Administración y Finanzas; y, N° 000108-2018-TICE/MIGRACIONES de la O fi cina General de Tecnología de la Información, Comunicación y Estadística; y, CONSIDERANDO: De acuerdo a lo previsto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la noti fi cación de los actos administrativos es practicada de o fi cio y su debido diligenciamiento es competencia de la entidad de la Administración Pública que lo dictó, quien deberá realizarla en día y hora hábil; En lo referente a las modalidades de noti fi cación, el artículo 20 de la citada Ley N° 27444 prevé que las noti fi caciones serán efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación: (i) noti fi cación personal al administrado interesado o afectado por el acto, en su domicilio; (ii) notifi cación mediante medios electrónicos que permitan comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe (siempre que medie autorización expresa del administrado a quien va dirigido el acto a noti fi car); y, (iii) por publicación en el Diario O fi cial y en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional; Es de verse que la normativa vigente ha previsto la obligación de la entidad de noti fi car sus propios actos (en forma directa o a través de terceros especí fi camente contratados para ello) para lo cual deberá seguir las modalidades de noti fi cación citadas, bajo prohibición de suplir alguna modalidad con otra o modi fi car el orden de prelación establecido bajo sanción de nulidad de la notifi cación; pudiendo acudir complementariamente a otras distintas, si así lo estime conveniente para mejorar las posibilidades de participación de los administrados destinatarios de los actos; Considerando el marco normativo antes referidos, se ha formulado el proyecto de “Reglamento que establece el régimen de noti fi caciones de los actos administrativos emitidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones” (en adelante, el proyecto de Reglamento), que tiene por fi nalidad recoger las disposiciones, reglas y formalidades previstas en el ordenamiento legal vigente para la noti fi cación de los actos administrativos que emite la entidad; En el marco de la evaluación del proyecto normativo, mediante Informe N° 000600-2017-AJ-MIGRACIONES, de fecha 29 de noviembre de 2017, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que el proyecto de Reglamento presenta la consistencia legal requerida para su aprobación, por cuanto su contenido ha sido formulado considerando las disposiciones establecidas en la Ley N° 27444; Con Informe N° 000056-2018-AF/MIGRACIONES, de fecha 9 de marzo de 2018, la Ofi cina General de Administración y Finanzas re fi ere que la implementación del proyecto de Reglamento en lo referente a la modalidad de noti fi cación personal, conllevará un plazo de treinta (30) días calendario; correspondiéndole a la O fi cina General de Tecnología de la Información, Comunicación y Estadística establecer el plazo estimado que conllevará la implementación del sistema de noti fi cación electrónica previsto en el Reglamento; A través del Informe N° 000108-2018-TICE/ MIGRACIONES, de fecha 15 de marzo de 2018, la Ofi cina General de Tecnología de la Información, Comunicación y Estadística re fi ere que se requerirá el plazo de ciento cincuenta (150) días calendario para la implementación del sistema de noti fi cación electrónica previsto en el proyecto de Reglamento, agregando que se viene coordinando con la O fi cina General de Administración y Finanzas la información necesaria para estimar la infraestructura tecnológica necesaria para almacenar las noti fi caciones; Atendiendo a lo mencionado, resulta necesaria la aprobación del “Reglamento que establece el régimen de notifi caciones de los actos administrativos emitidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones”, dado que establecerá las disposiciones a seguir para efectos de la correcta noti fi cación de los actos administrativos emitidos por esta entidad; Estando a lo propuesto en los documentos de vistos y con la visación de la Gerencia General; la O fi cina General de Administración y Finanzas; la O fi cina General de Tecnología de la Información, Comunicación y Estadística; y, la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y, en el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Reglamento que establece el régimen de noti fi caciones de los actos administrativos