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27 NORMAS LEGALES Jueves 24 de mayo de 2018 El Peruano / CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Designan Secretaria General de PERÚ COMPRAS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 060-2018-PERÚ COMPRAS Lima, 23 de mayo de 2018VISTO:El Informe N° 070-2018-PERÚ COMPRAS/SG-OA, de fecha 22 de mayo de 2018, emitido por la O fi cina de Administración, y la Nota de Elevación N° 054-2018-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ, de fecha 23 de mayo de 2018, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo N° 364-2015-EF se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS; Que mediante Resolución Jefatural N° 017-2018- PERÚ COMPRAS se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el cual establece que el cargo de Secretario General, es un cargo de con fi anza; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 048-2018- PERÚ COMPRAS del 23 de abril de 2018, se designó temporalmente al señor Silvio Elisban Aiquipa Mendoza, para que asuma las funciones de Secretario General de la Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS en adición a sus funciones como Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, se ha visto por conveniente concluir la referida encargatura y designar al profesional que ocupe el cargo de Secretario General; Con el visto bueno de la Secretaría General, la O fi cina de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1018; y en uso de la atribución conferida por el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 364-2015-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación temporal del señor Silvio Elisban Aiquipa Mendoza en el cargo de Secretario General de la Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar, a partir del 24 de mayo de 2018, a la señora Bárbara Lem Conde, en el cargo de Secretaria General de la Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 1651363-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran infundado recurso de reconsideración interpuesto por Luz del Sur S.A.A. c ontra el Mandato de Compartición de Infraestructura aprobado por Res. Nº 062-2018-CD/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 127-2018-CD/OSIPTEL Lima, 16 de mayo de 2018. EXPEDIENTE : Nº 00007-2017-CD-GPRC/MC MATERIA :Mandato de Compartición de Infraestructura /Recurso de Reconsideración ADMINISTRADOS :Luz del Sur S.A.A. Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. VISTOS: (i) El recurso de reconsideración formulado por la empresa Luz del Sur S.A.A. (en adelante, LUZ DEL SUR) mediante comunicación recibida el 06 de abril de 2018, contra la Resolución de Consejo Directivo Nº 062-2018-CD/OSIPTEL publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16 de marzo de 2018, que aprobó el Mandato de Compartición de Infraestructura entre las empresas concesionarias Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. (en adelante, AZTECA PERÚ) y LUZ DEL SUR, respecto de la modi fi cación de las condiciones económicas realizada al contrato de compartición de infraestructura suscrito el 25 de noviembre de 2015, al amparo de lo establecido en la Ley Nº 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica; y, (ii) El Informe Nº 00120-GPRC/2018 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se sustenta el proyecto de resolución para emitir pronunciamiento respecto del recurso al que se re fi ere el numeral precedente; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332, modi fi cada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y Nº 28964, establece que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce, entre otras, la función normativa que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 3, numeral ii), de la Ley Nº 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (en adelante, Ley Nº 29904), declara de necesidad pública e interés nacional el acceso y uso de la infraestructura asociada a la prestación de servicios públicos de energía eléctrica e hidrocarburos, incluida la coubicación, con la fi nalidad de facilitar el despliegue de redes de telecomunicaciones necesarias para la provisión de Banda Ancha fi ja o móvil;