Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2018 (24/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 24 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declárese iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES. Articulo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1650994-2

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Oficializan Acuerdo que autorizó registro de la entidad "Accreditation Board Engineering and Technology - ABET" como agencia acreditadora ante el SINEACE, para programas de estudios de pre grado de Educación Superior Universitaria
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 097-2018-SINEACE/CDAH-P Lima, 17 de mayo de 2018 VISTO: El Informe N° 000011-2018-SINEACE/P-DEA-ESU, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace habiéndose mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, constituido el Consejo Directivo Ad Hoc, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, el artículo 2° de la Ley N°28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, precisa que la evaluación está a cargo de las entidades especializadas nacionales o internacionales, reconocidas y registradas para realizar las evaluaciones con fines de acreditación y por instituciones públicas cuando corresponda;

Que, el numeral 17.3 del artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que, a solicitud de las instituciones y programas educativos, se podrán reconocer procesos de acreditación realizados por agencias acreditadoras cuyas funciones sean compatibles con la naturaleza del Sineace y tengan reconocimiento oficial en sus respectivos países o por el organismo internacional a que pertenecen; Que, asimismo, el numeral 6.1.6 de la Directiva N° 001-2015-SINEACE-PCDAH aprobada con Resolución N°175-2015-SINEACE/CDAH-P, regula aspectos que las agencias acreditadoras deberán tomar en cuenta, en caso requieran hacer cambios en los procedimientos o requisitos de acreditación que en su oportunidad constituyeron la información remitida al Sineace para su respectivo registro; siendo así, de producirse estos, deberán ser informados, a fin que la Dirección de Evaluación y Acreditación evalúe el efecto de los cambios y se proceda según corresponda; Que, mediante el Informe de visto, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, emite opinión favorable para el registro ante el Sineace como Agencia Acreditadora, a la entidad "Accreditation Board for Engineering and Technology ­ ABET", a efectos de reconocer las acreditaciones que realice a carreras o programas de estudios de pregrado de Educación Superior Universitaria, conforme al marco normativo correspondiente; Que, de acuerdo al mencionado informe, se reconocerán las acreditaciones que la entidad "Accreditation Board for Engineering and Technology ­ ABET", otorgue a los programas de estudios de pregrado otorgadas en razón del cumplimiento de los criterios generales y específicos del programa de estudios correspondiente, así como el Manual de Políticas y Procedimientos de ABET; Que, para asegurar la equivalencia con el modelo de acreditación de programas de estudios del Sineace, es necesario que el programa de estudios además de cumplir con los requisitos de ABET, también cumpla lo señalado en los estándares 22 (Gestión y calidad de la investigación realizada por docentes), 23 (I+D+i para la obtención del grado y el título) y 24 (publicaciones de los resultados de I+D+i) para el reconocimiento de su acreditación; Que, en atención a lo antes indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión del 04 de abril 2018, arribó al Acuerdo N° 022-2018-CDAH, mediante el cual se autorizó el registro de la entidad "Accreditation Board for Engineering and Technology ­ ABET", como Agencia Acreditadora ante el Sineace, para programas de estudios de pregrado de Educación Superior Universitaria, con una vigencia de cinco (05) años contados desde el día siguiente de publicada la Resolución y siempre que su autorización de funcionamiento como agencia acreditadora se encuentre vigente en su país de origen, de acuerdo a lo estipulado en la Directiva N° 001-2015-SINEACE-PCDAH - "Directiva que regula el Procedimiento para el reconocimiento de las acreditaciones realizadas a las instituciones educativas, carreras, programas u opciones ocupacionales por agencias o redes acreditadoras del extranjero y nacionales vinculadas a agencias o redes acreditadoras internacionales", cuya aprobación fue oficializada a través de Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 175-2015-SINEACE/CDAH-P; Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, Oficina de Asesoría Jurídica; de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y, Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°. - Oficializar el Acuerdo N° 022-2018CDAH, de sesión de fecha 04 de abril 2018 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se autorizó el registro de la entidad "Accreditation Board for Engineering and Technology ­ ABET", como agencia acreditadora ante

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