Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2018 (25/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

28

NORMAS LEGALES

Viernes 25 de mayo de 2018 /

El Peruano

convirtiéndose en una ruta alterna a la actual carretera Cusco - Chinchero - Urubamba, siendo procedente su reclasificación como Ruta Nacional; Que, por Memorándum Nº 503-2018-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles remite el Informe Nº 168-2018-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos a través del cual señala que la carretera "Emp. PE-28 (Chinchero) - Antena - Emp. PE-3S (Arco Tica Tica)", comprende diversas Rutas Vecinales o Rurales, o tramos de ellas, ubicadas en las provincias de Urubamba, Anta y Cusco, del departamento del Cusco, conforme al siguiente detalle: a) CU-1119, en el Tramo: Emp. PE-28 B (Huycho) ­ Emp. CU-1155; b) CU-1155, en el Tramo: Trayectoria: Emp. CU-1119 Pongobamba - Emp. CU-1157 (Piuray); c) CU-1157 de Trayectoria: Emp. CU-1155 (Piuray) Emp. CU-1151 (Chuso); d) CU-1151, en el Tramo: Emp. CU-1157 (Chusco) Emp. CU-1152; e) CU-1152, en el Tramo: Emp. CU-1151 - Emp. CU1150. f) CU-1150, en el Tramo: Emp. CU-1152 - Emp. CU1140 (Villa Del Carmen); g) CU-1140, de Trayectoria: Emp. CU-1139 Marahuaylla - Emp. CU-1150 (Villa Del Carmen); h) CU-1139, en el Tramo: Emp. CU-1140 - Emp. PE3S (Catacchara); Que, asimismo, en el precitado informe, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles señala que la propuesta de reclasificación definitiva se sustenta en el criterio de jerarquización vial referido a la interconexión de dos o más carreteras de la Red Vial Nacional previsto en el inciso 3, literal a) del artículo 8 del Reglamento, lo cual permitirá mejorar la fluidez vehicular hacia el futuro Aeropuerto Internacional de Chinchero e impulsar el turismo e intercambio comercial en el Circuito Turístico del Valle Sagrado de los Incas, habiéndose verificado que las Municipalidades Distritales involucradas tramitaron la reclasificación de las Rutas bajo su competencia, ante la Municipalidad Provincial respectiva; por lo que considera viable la reclasificación definitiva, como Ruta Nacional, de las Rutas Vecinales o Rurales anteriormente señaladas, asignándosele el código y trayectoria siguientes: "PE-28 J de Trayectoria: Emp. PE-28 F (Chinchero) - Piuray Quispihuara - Emp PE-3S (Catacchara)"; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007MTC y el Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reclasificación definitiva de Rutas Vecinales o Rurales del Departamento del Cusco como Ruta Nacional 1.1 Reclasificar, de manera definitiva, como Ruta Nacional, los tramos o trayectorias de las Rutas Vecinales o Rurales de la Red Vial del Departamento del Cusco señaladas a continuación: a) CU-1119, en el Tramo: Emp. PE-28 B (Huycho) ­ Emp. CU-1155; b) CU-1155, en el Tramo: Trayectoria: Emp. CU-1119 Pongobamba - Emp. CU-1157 (Piuray); c) CU-1157 de Trayectoria: Emp. CU-1155 (Piuray) Emp. CU-1151 (Chuso); d) CU-1151, en el Tramo: Emp. CU-1157 (Chusco) Emp. CU-1152; e) CU-1152, en el Tramo: Emp. CU-1151 - Emp. CU1150. f) CU-1150, en el Tramo: Emp. CU-1152 - Emp. CU1140 (Villa Del Carmen); g) CU-1140, de Trayectoria: Emp. CU-1139 Marahuaylla - Emp. CU-1150 (Villa Del Carmen); h) CU-1139, en el Tramo: Emp. CU-1140 - Emp. PE3S (Catacchara);

1.2 La Ruta Nacional que se establece como consecuencia de la reclasificación definitiva dispuesta en el numeral anterior, tendrá el código y trayectoria siguientes: "PE-28 J Trayectoria: Emp. PE-28 F (Chinchero) - Piuray Quispihuara - Emp PE-3S (Catacchara)" Artículo 2.- Incorporación de Ruta Nacional al Clasificador de Rutas del SINAC Incorporar la Ruta Nacional establecida por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras-SINAC, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2016-MTC. Artículo 3.- Actualización del Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC Disponer que la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles actualice el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras conforme a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1651831-6

Dan por concluida reclasificación temporal de la Ruta Nº HU-110 en el tramo Cauri -Antacolpa, a fin que retome su condición como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2018 MTC/01.02 Lima, 23 de mayo de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 042-2018-MDSMC/A de la Municipalidad Distrital de San Miguel de Cauri, provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco y el Memorándum Nº 512-2017-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC se aprobó el Reglamento de Jerarquización Vial, en adelante, el Reglamento, el cual establece los criterios de clasificación de vías destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de éstas, así como los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido; Que, los artículos 4 y 6 del Reglamento, establecen que el Sistema Nacional de Carreteras, en adelante, SINAC, se jerarquiza en tres redes viales, las que están a cargo de las autoridades competentes de los tres niveles de gobierno que corresponden a la organización del Estado, de manera que: (i) el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, está a cargo de la Red Vial Nacional; (ii) los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, (iii) los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, el artículo 15 del Reglamento señala que el Clasificador de Rutas es el documento oficial del SINAC, clasificadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, incluye el Código de Ruta y su definición según puntos o lugares principales que conecta, respecto del cual el Ministerio de Transportes

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.