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30 NORMAS LEGALES Viernes 25 de mayo de 2018 / El Peruano para la implementación y ejecución del Proyecto y, por parte de los gobiernos subnacionales, autorizar y dar las facilidades para el desarrollo del Proyecto, dentro del ámbito de sus competencias; Que, mediante O fi cio Nº 527-2017-GR APURIMAC/ GR, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac remite el Informe Nº 181-2017-JCM-DRTC-DC/SDEI-APU de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, por el cual solicita y emite opinión para la jerarquización de la Ruta Departamental o Regional AP-115 como Ruta Nacional; Que, asimismo, por O fi cio Nº 562-2017-GR-CUSCO/ GR, el Gobernador Regional del Gobierno Regional Cusco, solicita la jerarquización del tramo vial Puente Sayhua - Espinar como Ruta Nacional, manifestando que dicha ruta se inicia en la provincia de Espinar pasando por los distritos de Coporaque para empalmar con la Ruta Nacional PE-3S G (Velille) y continúa por los distritos de Colquemarca - Ccapacmarca - Huincho - Tiendachayoc - Yavi Yavi - Muyuorcco - Pumapugio - Cungunya - Pte. Sayhua, que divide el departamento de Apurímac con el Cusco; Que, por Memorándum (M) Nº 33-2017-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles solicita a la O fi cina General de Presupuesto y Planeamiento y a PROVIAS NACIONAL que emitan opinión sobre las solicitudes de reclasi fi cación de rutas presentadas por los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco, señalando que dichas rutas forman parte del proyecto Corredor Vial Apurímac - Cusco, Segundo Tramo; Que, con los Memoranda Nos. 1740-2017-MTC/09 y Nº 130-2018-MTC/20, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y PROVIAS NACIONAL, respectivamente, remiten a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la opinión técnica solicitada, por la cual mani fi estan su conformidad con la solicitud de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco para la Reclasi fi cación De fi nitiva, como Ruta Nacional, de las Rutas Departamentales o Regionales AP-115, CU-138, CU-119, CU-135, CU-126 y CU-127, comprendidas en el precitado proyecto; Que, mediante Memorándum Nº 280-2018-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles da su conformidad y remite el Informe Nº 062-2018-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos, señalando que: a) La solicitud de reclasi fi cación de fi nitiva de las Rutas Departamentales o Regionales presentada y sustentada por los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco permitirá el desarrollo y ejecución del proyecto Corredor Vial Apurímac - Cusco, Segundo Tramo por parte de PROVÍAS NACIONAL, conforme a los compromisos del Convenio de Cooperación Interinstitucional anteriormente mencionado; b) Según el Clasi fi cador de Rutas vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2016-MTC, las Rutas comprendidas en el proyecto Corredor Vial Apurímac - Cusco, Segundo Tramo se ubican geográ fi camente en los departamentos de Apurímac: Ruta AP-115 y Cusco: Rutas CU-138, CU-119 (Tramo), CU-135, CU-127 (Tramo) y CU-126 (Tramo), las que se encuentran bajo la competencia de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco, respectivamente; c) La reclasi fi cación de fi nitiva propuesta, se enmarca en el criterio de jerarquización previsto en el numeral 3, inciso a) del artículo 8 del Reglamento, según el cual son parte de la Red Vial Nacional, las rutas que interconecten dos o más rutas nacionales, como es el caso del proyecto Corredor Vial Apurímac - Cusco, que interconecta las Rutas Nacionales PE-3S F y PE-3S G, mejorando el transporte de personas, el intercambio comercial y creando condiciones para dinamizar la economía en las localidades involucradas; Que, en ese contexto, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles concluye que es procedente reclasi fi car de manera de fi nitiva, como Ruta Nacional, las rutas comprendidas en el proyecto Corredor Vial Apurímac - Cusco, Segundo Tramo, asignándole el Código Nº PE-3S Y de trayectoria: Emp. PE-3S F (Pte. Isuray) - Mara - Pte. Sayhua - Ccapacmarca - Muyuorcco - Yavi Yavi - Tiendayoc - Huincho - Velille - Emp. PE-3S G (Velille - Vía de Evitamiento); De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y el Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reclasi fi cación de fi nitiva de rutas de los departamentos de Apurímac y Cusco como Ruta Nacional 1.1 Reclasi fi car, de manera de fi nitiva, como Ruta Nacional, las Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial de los departamentos de Apurímac y Cusco, señaladas a continuación: a) Ruta Nº AP-115 Trayectoria: Emp. PE-3S F (Pte. Isuray) - Congota - Mara - Emp. CU-138 (Pte. Sayhua L.D. Cusco). b) Ruta Nº CU-138 Trayectoria: Emp. CU-119 (Dv. Ccapacmarca) - Ccapacmarca - Emp. AP-115 (Pte. Sayhua L. D. Apurímac). c) Ruta Nº CU-119 Tramo: Emp CU-138 (Dv. Ccapacmarca) - Emp CU- 119 (Muyuorcco). d) Ruta Nº CU-135 Trayectoria: Emp CU-119 (Muyuorcco) - Yavi Yavi - Tiendayoc - Emp CU-127 (Huincho). e) Ruta Nº CU-127 Tramo: Emp CU-135 (Huincho) - Emp. CU-126 (Velille). f) Ruta Nº CU-126 Tramo: Emp CU-127 (Velille) - Emp. PE-3S G (Velille - Vía de Evitamiento). 1.2 Asignar a la Ruta Nacional a que se re fi ere el numeral anterior, el Código Nº PE-3S Y con la trayectoria siguiente: PE-3S Y Trayectoria: Emp. PE-3S F (Pte. Isuray) - Mara - Pte. Sayhua - Ccapacmarca - Muyuorcco - Yavi Yavi - Tiendayoc - Huincho - Velille - Emp. PE-3S G (Velille - Vía de Evitamiento). Artículo 2.- Actualización del Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC Disponer que la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles actualice el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, conforme a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1651831-8 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Designan responsables de actualizar el Portal de Transparencia y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como de brindar la información de acceso público correspondiente a la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 051-2018-BNP Lima, 23 de mayo de 2018