Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2018 (25/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de mayo de 2018 /

El Peruano

para la implementación y ejecución del Proyecto y, por parte de los gobiernos subnacionales, autorizar y dar las facilidades para el desarrollo del Proyecto, dentro del ámbito de sus competencias; Que, mediante Oficio Nº 527-2017-GR APURIMAC/ GR, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac remite el Informe Nº 181-2017-JCM-DRTCDC/SDEI-APU de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, por el cual solicita y emite opinión para la jerarquización de la Ruta Departamental o Regional AP115 como Ruta Nacional; Que, asimismo, por Oficio Nº 562-2017-GR-CUSCO/ GR, el Gobernador Regional del Gobierno Regional Cusco, solicita la jerarquización del tramo vial Puente Sayhua Espinar como Ruta Nacional, manifestando que dicha ruta se inicia en la provincia de Espinar pasando por los distritos de Coporaque para empalmar con la Ruta Nacional PE3S G (Velille) y continúa por los distritos de Colquemarca - Ccapacmarca - Huincho - Tiendachayoc - Yavi Yavi Muyuorcco - Pumapugio - Cungunya - Pte. Sayhua, que divide el departamento de Apurímac con el Cusco; Que, por Memorándum (M) Nº 33-2017-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles solicita a la Oficina General de Presupuesto y Planeamiento y a PROVIAS NACIONAL que emitan opinión sobre las solicitudes de reclasificación de rutas presentadas por los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco, señalando que dichas rutas forman parte del proyecto Corredor Vial Apurímac - Cusco, Segundo Tramo; Que, con los Memoranda Nos. 1740-2017-MTC/09 y Nº 130-2018-MTC/20, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y PROVIAS NACIONAL, respectivamente, remiten a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la opinión técnica solicitada, por la cual manifiestan su conformidad con la solicitud de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco para la Reclasificación Definitiva, como Ruta Nacional, de las Rutas Departamentales o Regionales AP-115, CU-138, CU-119, CU-135, CU-126 y CU-127, comprendidas en el precitado proyecto; Que, mediante Memorándum Nº 280-2018-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles da su conformidad y remite el Informe Nº 062-2018-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos, señalando que: a) La solicitud de reclasificación definitiva de las Rutas Departamentales o Regionales presentada y sustentada por los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco permitirá el desarrollo y ejecución del proyecto Corredor Vial Apurímac Cusco, Segundo Tramo por parte de PROVÍAS NACIONAL, conforme a los compromisos del Convenio de Cooperación Interinstitucional anteriormente mencionado; b) Según el Clasificador de Rutas vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2016-MTC, las Rutas comprendidas en el proyecto Corredor Vial Apurímac Cusco, Segundo Tramo se ubican geográficamente en los departamentos de Apurímac: Ruta AP-115 y Cusco: Rutas CU-138, CU-119 (Tramo), CU-135, CU-127 (Tramo) y CU126 (Tramo), las que se encuentran bajo la competencia de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco, respectivamente; c) La reclasificación definitiva propuesta, se enmarca en el criterio de jerarquización previsto en el numeral 3, inciso a) del artículo 8 del Reglamento, según el cual son parte de la Red Vial Nacional, las rutas que interconecten dos o más rutas nacionales, como es el caso del proyecto Corredor Vial Apurímac - Cusco, que interconecta las Rutas Nacionales PE-3S F y PE-3S G, mejorando el transporte de personas, el intercambio comercial y creando condiciones para dinamizar la economía en las localidades involucradas; Que, en ese contexto, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles concluye que es procedente reclasificar de manera definitiva, como Ruta Nacional, las rutas comprendidas en el proyecto Corredor Vial Apurímac - Cusco, Segundo Tramo, asignándole el Código Nº PE-3S Y de trayectoria: Emp. PE-3S F (Pte. Isuray) - Mara - Pte. Sayhua - Ccapacmarca - Muyuorcco - Yavi Yavi - Tiendayoc - Huincho - Velille - Emp. PE-3S G (Velille - Vía de Evitamiento); De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y

Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007MTC y el Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reclasificación definitiva de rutas de los departamentos de Apurímac y Cusco como Ruta Nacional 1.1 Reclasificar, de manera definitiva, como Ruta Nacional, las Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial de los departamentos de Apurímac y Cusco, señaladas a continuación: a) Ruta Nº AP-115 Trayectoria: Emp. PE-3S F (Pte. Isuray) - Congota Mara - Emp. CU-138 (Pte. Sayhua L.D. Cusco). b) Ruta Nº CU-138 Trayectoria: Emp. CU-119 (Dv. Ccapacmarca) - Ccapacmarca - Emp. AP-115 (Pte. Sayhua L. D. Apurímac). c) Ruta Nº CU-119 Tramo: Emp CU-138 (Dv. Ccapacmarca) - Emp CU119 (Muyuorcco). d) Ruta Nº CU-135 Trayectoria: Emp CU-119 (Muyuorcco) - Yavi Yavi Tiendayoc - Emp CU-127 (Huincho). e) Ruta Nº CU-127 Tramo: Emp CU-135 (Huincho) - Emp. CU-126 (Velille). f) Ruta Nº CU-126 Tramo: Emp CU-127 (Velille) - Emp. PE-3S G (Velille - Vía de Evitamiento). 1.2 Asignar a la Ruta Nacional a que se refiere el numeral anterior, el Código Nº PE-3S Y con la trayectoria siguiente: PE-3S Y Trayectoria: Emp. PE-3S F (Pte. Isuray) - Mara Pte. Sayhua - Ccapacmarca - Muyuorcco - Yavi Yavi Tiendayoc - Huincho - Velille - Emp. PE-3S G (Velille - Vía de Evitamiento). Artículo 2.- Actualización del Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC Disponer que la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles actualice el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, conforme a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1651831-8

ORGANISMOS EJECUTORES

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RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 051-2018-BNP Lima, 23 de mayo de 2018

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