Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2018 (25/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de mayo de 2018 /

El Peruano

para el cargo de Asesor II de la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos; Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, de la Oficina de Administración; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor LUIS ALBERTO NAUCA NAVARRO en el cargo de Asesor II de la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 2.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Biblioteca Nacional del Perú (www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA EMMA MANNARELLI CAVAGNARI Jefa Institucional 1652122-1

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Mariano Dámaso Beraún para financiar proyecto en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 052-2018-DV-PE Lima, 24 de mayo de 2018 VISTOS: Los Memorandos N° 121-2018-DV-SG-PP y N° 122-2018-DV-SG-PP de la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", el Memorando N° 000667-2018-DV-DATE e Informe N° 00021-2018-DVDATE-ECR de la Dirección de Articulación Territorial, y el Memorando N° 000212-2018-DV-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS",

"Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas­ PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú­GIECOD", precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informe N° 0011-2018-DV-DAT e informes complementarios, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", los mismos que cuentan con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", en el año 2018, DEVIDA suscribió la Adenda, con la Municipalidad Distrital de Mariano Dámaso Beraún para la ejecución del proyecto "Recuperación de suelos degradados en 11 caseríos de la Cuenca Baja del Rio Monzón, distrito de Mariano Dámaso Beraún ­ Leoncio Prado ­ Huánuco" hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES (S/ 629,813.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestal N° 00156; que convalida lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30693­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, entendiéndose que estos documentos forman parte del Informe Previo Favorable­Informe N° 002-2018-DV-OPP-UPTO, adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad al Plan Operativo del proyecto; Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS" y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES (S/ 629,813.00), para financiar el citado proyecto, a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2018 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se transfieren para la ejecución

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