Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2018 (08/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Jueves 8 de noviembre de 2018


NORMAS LEGALES
CONCEPTO Alevinos de Gamitana por millar Alevinos de pacotana por millar Alevinos de Paco por millar Alevinos de Boquichicopor millar Post-larvas de Gamitana por millar Post-larvas de Paco por millar Post-larvas de Pacotana por millar Post-larvas de Boquichico por millar Humus de lombriz por saco por 50 Kg Alquiler d e Proyector Multimedia por hora Alquiler de Auditorio Alevinos de Gamitana por millar Alevinos de pacotana por millar Alevinos de Paco por millar Alevinos de Boquichicopor millar Alevinos de Boquichicopor millar Post-larvas de Paco por millar % DE LA U.IT. 4.74% 4.74% 4.74% 4.74% 1.75% 1.75% 1.75% 1.75% 0.54% 1.01% 5.07% 4.74% 4.74% 4.74% 4.74% 1.75% 1.75% 1.75% 1.75% 0.04% 0.01% 0.02% 0.09% 4.74% 4.74% 4.74% 4.74% 1.75% 1.75% 1.75% 1.75%

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Costo (S/.) 196.74 196.74 196.74 196.74 72.75 72.75 72.75 72.75 22.25 42.10 210.51 196.74 196.74 196.74 196.74 72.75 72.75 72.75 72.75 1.51 0.25 0.62 3.77 196.74 196.74 196.74 196.74 72.75 72.75 72.75 72.75

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VENTA DE SUB PRODUCTOS DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN: IIAP SAN MARTÍN

20

VENTA DE SUB PRODUCTOS DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN: IIAP TINGO MARIA

Post-larvas de Pacotana por millar Post-larvas de Gamitana por millar Semilla de cocona TR por gramo Semilla de papayo PTM-331 por gramo Fruto de cocona: (Sujeto a variación precio de mercado) por Kilo FRUTO DE PAPAYA PTM-331: (Sujeto a variación precio de mercado) POR CAJON Alevinos de Gamitana por millar Alevinos de pacotana por millar Alevinos de Paco por millar

21

VENTA DE SUB PRODUCTOS DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN: IIAP AMAZONAS

Alevinos de Boquichicopor millar Post-larvas de Gamitana por millar Post-larvas de Paco por millar Post-larvas de Pacotana por millar Post-larvas de Boquichico por millar

1709259-1 es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, mediante la Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1280, incorporada con el Decreto Legislativo N° 1357, se establece que "ante la terminación de contratos de Asociación Público Privada, el OTASS directa o indirectamente, a través de otro prestador, asume la prestación total de los servicios de saneamiento de manera provisional hasta que los responsables de la prestación otorguen la explotación a otro prestador de servicios de saneamiento"; Que, en el artículo 17 de la Ley N° 30847, para efectos de la implementación de Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1280, se autoriza a OTASS a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que resulten necesarias, así como, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de OTASS; Que, los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la unidad ejecutora constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades y organismos del Sector Público, con el

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Formalizan creación de la Unidad Ejecutora 002: denominada "Servicios de Saneamiento Tumbes", cuyo nombre comercial será "Agua Tumbes"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 095-2018-OTASS/DE Lima, 6 de noviembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 156-2018-OTASS/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 329-2018-OTASS/OAJ; de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS

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