Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2018 (09/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 9 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.AUTORIZAR la modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego: 135 Seguro Integral de Salud, para el Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud a la Unidad Ejecutora 002 Fondo Intangible Solidario de Salud por el importe de S/ 36 713 166.00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), de acuerdo al siguiente detalle:
PLIEGO DE UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA DE GASTO PRODUCTO/PROYECTO ACTIVIDAD CATEGORIA DE GASTO 2. Gasto Presupuestario 4. Donaciones y Transferencias TOTAL A UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA DE GASTO PRODUCTO/PROYECTO ACTIVIDAD CATEGORIA DE GASTO 2. Gasto Presupuestario 3. Bienes y Servicios 4. Donaciones y Transferencias TOTAL : 002 : 9002 : 3999999 : 5001566 :5 : 135 : 001 : 9002 : 3999999 : 5000500 :5 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Seguro Integral de Salud Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos Sin Producto Atención Básica de Salud Gasto Corriente 36 713 166.00 -------------------36 713 166.00 ============ Fondo Intangible Solidario de Salud Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos Sin Producto Otras Atenciones de Salud Especializadas Gasto Corriente 30 211 746.00 6 501 420.00 --------------------36 713 166.00 ============

Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese y comuníquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefe del Seguro Integral de Salud 1710599-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban la actualización de los Lineamientos para la asignación de funciones a los Gerentes Públicos en periodo de disponibilidad con remuneración y de la Directiva N° 007-2009-ANSC, Directiva que establece los lineamientos para el pago a los Gerentes Públicos en situación de disponibilidad con remuneración
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 207-2018-SERVIR-PE Lima, 4 de octubre de 2018 VISTOS, los Informes Técnicos Nº 015-2018-SERVIR/ GDGP y N° 017-2018-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, el Informe Legal N° 179-2018-SERVIR/GG-OAJ y la Hoja Informativa N° 369-2018-SERVIR/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el literal i) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1023 que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, establece como una de sus funciones, normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, el Decreto Legislativo N° 1024 establece en su artículo 9 que, concluida la asignación de un Gerente Público, continuará percibiendo una retribución por dos meses, durante los cuales desempeñará las funciones que le encargue la Autoridad; Que, el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos aprobado por Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, incluye entre los beneficios del Régimen Laboral contemplados en el artículo 18, el numeral 18.8 sobre Remuneración durante el periodo de disponibilidad, prescribiendo que el Gerente Público que se encuentre en proceso de recolocación luego de concluidos sus servicios en la Entidad Receptora, percibirá durante dos meses la remuneración equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%) del ingreso mensual percibido durante el último año de Asignación, deducida la bonificación por cambio de residencia, de ser el caso; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 143-2013-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de los Lineamientos para la asignación de funciones a los Gerentes Públicos en periodo de disponibilidad con remuneración; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2009-ANSC-PE se formalizó la aprobación de la Directiva N° 007-2009-ANSC, Directiva que establece lineamientos para el pago a los Gerentes Públicos en situación de disponibilidad con remuneración, cuya modificación se formalizó con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 013-2011-SERVIR-PE; Que, mediante Informe de Auditoría Nº 002-2017-25736 "Procesos de asignación, evaluación de desempeño,

Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud que solicite a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud que instruya a las Unidades Ejecutoras 001 Seguro Integral de Salud y 002 Fondo Intangible Solidario de Salud a efectuar las habilitaciones o anulaciones dentro de cada una de ellas, a fin que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que incluye la desagregación de la Estructura Programática y la Estructura Funcional, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo 4.- REMITIR copia de la presente Resolución Jefatural a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (5) días de aprobada.

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