Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de octubre de 2018 /

El Peruano

normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Carta magna y el artículo 40º de la Ley Nº 27972. Que, el artículo 3º de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte Nº 28039, tiene por objeto normar, desarrollar y promover el deporte como actividad física de la persona en sus diferentes disciplinas y modalidades a través de sus componentes básicos: la educación física, la recreación y el deporte, en forma descentralizada, a nivel de ámbito local, regional y nacional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2017-MINEDU se aprueba la Política Nacional del deporte y consideran como actores principales y miembros del Sistema Nacional del Deporte (SISDEN) a los Gobiernos Locales y Regionales. Que, los Acuerdos de Concejo son Normas Municipales que regulan los actos de gobierno, emitidos por el Concejo Municipal en base a la potestad exclusiva que tienen las Municipalidades de emitir normas en el marco de sus competencias, en observancia a lo prescrito en el Art. 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo se estipula en el Art. 41º de la glosada Norma Legal, que: "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal, o interinstitucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional." Que, estando a lo expuesto y a las normas legales glosadas, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por mayoría de votos aprobó la siguiente ordenanza municipal: ORDENANZA DENOMINADA: "CREACIÓN DE LA MESA DE CONCERTACIÓN DEL DEPORTE" Artículo 1º.- Mediante la presente ordenanza se crea la mesa de concertación del deporte, como un espacio de gestión concertada, diálogo y participación para el desarrollo local, a fin de unir esfuerzos para el fomento y promoción del deporte en el Distrito de Callería. Artículo 2º.- La presente ordenanza municipal fomentará la participación activa de los agentes deportivos, organizadores civiles, conjuntamente con la comunidad edil y el ente rector del deporte IPD. Artículo 3º.- La MESA DE CONCERTACIÓN DEL DEPORTE tiene las siguientes finalidades: a) Promover y fomentar los programas Municipales y Nacionales a favor del Deporte. b) Implementar acciones para el cumplimiento de la Política Nacional del Deporte, de competencia Municipal. c) Fomentar, convocar y articular la participación del sector privado en el desarrollo del deporte a nivel local. d) Fomentar actividades de masificación Deportiva. e) Implementar programas deportivos a favor de las poblaciones vulnerables e incentivar la inclusión social. f) Buscar la continuidad de las Escuelas Deportivas Municipales. g) Formular, implementar y ejecutar proyectos deportivos municipales. h) Efectuar una coordinación multisectorial entre el Gobierno Local y los sectores públicos nacional e internacional en función a la promoción del deporte. Artículo 4º.- La Mesa de Concertación del Deporte del Distrito de Callería, está integrada por: ANTONIO MARINO PANDURO PRESIDENTE Alcalde de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo AYDA HERMELINDA RÍOS CÁRDENAS Regidora de la Comisión de Educación y Deporte de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo ROY ROGER PISCO VILLAVERDE Sub Gerente de Educación y Promoción de la Juventud de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo MIEMBRO

CESAR AUGUSTO PANDURO RUIZ Sub Gerente de Juntas de Seguridad y Vigilancia Municipal de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo JIMMY HARRISON PINEDO BENTOS Asistente de Presidencia IDP Pucallpa HÉCTOR JHONAS QUEVEDO ROMERO Presidente de la Asociación Juvenil Dejando Huellas RODIL VALERA RAMÍREZ Presidente del AA.HH Milagros

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Artículo 5º.- La Mesa de Concertación del Deporte sesionará en forma ordinaria cada treinta días y en sesiones extraordinarias cuando las circunstancias lo ameritan. Y serán convocadas por el alcalde o secretario técnico. Artículo 6º.- Un funcionario de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, designado por el Alcalde, será el secretario técnico de la MESA DE CONCERTACIÓN, quien se encargará de la coordinación directa entre la presidencia y sus integrantes. Artículo 7º.- La Mesa de Concertación del Deporte, contará con un Reglamento Interno que será propuesto por el Alcalde. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACÚLTESE al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias para su mejor aplicación. Segunda.- AUTORIZAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Económico y Sub Gerencia de Educación y Promoción de la Juventud el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.- Autorizar a la Oficina de Tecnologías de Información la publicación en el Portal Institucional (www. municportillo.gob.pe). Cuarta.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo, la difusión en los medios de difusión masiva, conforme los lineamientos establecidos en la Ley Nº 30793 ­ Ley que Regula el gasto de Publicidad del Estado Peruano. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la notificación y distribución de la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANTONIO MARINO PANDURO Alcalde 1700432-1

Aprueban la modificación al cambio de sentido de circulación del tránsito vehicular en la dirección denominada Prolongación 7 de junio para mejorar la transitabilidad vehicular
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 065-2018-MPCP Pucallpa, 15 de agosto del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO VISTOS: El Expediente Interno Nº 31840-2018 con los documentos que contiene; y,

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CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 285-2018-MPCP-GSCTUSGTTU-TU de fecha 24.08.2018, el Jefe de Transporte

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