Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de octubre de 2018 /

El Peruano

Que, mediante Informe Nº 02-2018/MDA/CCPM-EJ/ AC, el Presidente del Comité del Concurso Público de Méritos para contratar un Ejecutor y Auxiliar Coactivo eleva el Acta de Comité en la que se acordó dar por cancelado el Concurso Público de Méritos Nº 001-2018MDA/GAF-SGRH convocado para cubrir la plaza vacante de un Ejecutor y Auxiliar Coactivo para la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0461 de fecha 23 de agosto del 2018, se modificó el artículo 2º de la Resolución de Alcaldía Nº 0477 de fecha 12 de setiembre del 2017, designando como miembros titulares al Lic. Rafael Raymi Chalco ­ Sub Gerente de Recursos Humanos y Abog. Rocío del Pilar Portuguez Florencio ­ Sub Gerente de Cobranza y Coactiva Administrativa, del Comité de Selección del Concurso Público para cubrir la Plaza de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo para la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 091 de fecha 06 de setiembre del 2018, se aprobó las Bases del Concurso Publico de Méritos Nº 002-2018-MDA/GAFSGRH, para la Contratación de Un Ejecutor Coactivo y Un Auxiliar Coactivo, para la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad de Ate; Que, mediante Informe Nº 003-2018-MDA/GAF-SGRH, el Comité de Selección del Concurso Publico de Méritos Nº 002-2018-MDA/GAF-SGRH, remite el Acta Final del Comité de Selección del Concurso Publico de Méritos Nº 002-2018-MDA/GAF-SGRH para Cubrir la Contratación de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo para la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa de la Gerencia de Fiscalización y Control, adjuntando la información pertinente, así como los nombres de los postulantes y los que resultaron ganadores para cubrir Una (01) plaza de Ejecutor Coactivo y Una (01) plaza de Auxiliar Coactivo, proceso que se desarrolló siguiendo el procedimiento aprobado en las Bases del Concurso Público de Méritos, antes señalado; Que, la referida comisión, señala que el presente proceso de selección para cubrir un puesto de Ejecutor Coactivo y un puesto de Auxiliar Coactivo se llevó a cabo de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS que aprueba el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, elevando los actuados a efectos que se formalice la contratación de los ganadores del presente concurso, y conforme a las normas legales vigentes; Que, mediante Proveído Nº 1338-2018-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolución de Alcaldía correspondiente. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DISPONER; a partir de la fecha la contratación por reemplazo de don JAIME LUIS NUNURA CASTILLO, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Distrital de Ate; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; a partir de la fecha la contratación por reemplazo de doña ISIS ARLEN QUIROZ CASTAÑEDA, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Distrital de Ate; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolución, al Comité de Selección del Concurso

Público de Méritos, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Fiscalización y Control y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal, con conocimiento de la parte interesada. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1701210-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban modificación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2018/MM Miraflores, 3 de octubre de 2018 LA REGIDORA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley Nº 29332 y sus modificatorias, se creó el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con el objetivo de mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, simplificar trámites, así como mejorar la provisión de servicios públicos locales, entre otros; Que, en el marco del Decreto Supremo Nº 367-2017EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2018. Asimismo, con la Resolución Directoral Nº 00004-2018-EF-50.01 se aprueban los instructivos para el cumplimiento de metas del referido programa, habiéndose precisado que la Meta 16 está referida a la "Implementación de un sistema integrado de manejo de residuos sólidos municipales"; Que, la mencionada Meta 16 del referido Programa, acorde con el instructivo correspondiente, conlleva, entre otras actividades, el registro y envío de la información sobre gestión y manejo de residuos sólidos, la implementación de la segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos inorgánicos (precisándose la cantidad de toneladas de residuos sólidos municipales, registro de viviendas, establecimientos comerciales, entre otros que participan activamente de la segregación en la fuente y recolección selectiva), así como la valorización de residuos sólidos orgánicos municipales y la gestión para la adecuación de la disposición final de dichos residuos, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la guía para el cumplimiento de la meta; Que, con el Decreto de Alcaldía Nº 005-2012/MM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de julio de 2012, se aprueba el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Domiciliarios en un 7% de las Viviendas Urbanas del distrito de Miraflores, denominado "Basura que no es basura", siendo que dicho programa se ha modificado,

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