Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 116

116

NORMAS LEGALES

Viernes 12 de octubre de 2018 /

El Peruano

cual se corrobora la elección de los candidatos a alcalde y regidores para la provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, la misma que fue debidamente firmada por los miembros del Comité Departamental Electoral, designados por el Comité Electoral Nacional. 12. Asimismo, se verifica, en el Anexo A de la Directiva, Nº 002-2018/CNE-AP, el Cronograma Especial para Elección de Representantes Provinciales y Elección de Candidatos en Convenciones Departamentales, en el cual se precisa que la Proclamación de Resultado de la Elección Interna (Acta de Proclamación CED Representantes Provinciales) se realizará el 7 de mayo de 2018. 13. Por lo cual se verifica que, en efecto, la fe de erratas presentado por la organización política no resulta necesario ni pertinente de valorarse, toda vez que la mencionada organización política cumplió con realizar sus elecciones internas conforme a lo establecido en sus normas internas y las normas electorales citadas. 14. En ese sentido, en aras de hacer valer el derecho a la participación política de la organización política recurrente, corresponde a este Supremo Tribunal Electoral estimar la apelación presentada y revocar la resolución, emitida por el JEE, que declaró improcedente la inscripción de la lista de candidatos. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Juan Carlos Quiroz Mejía, personero legal titular de la organización política Acción Popular; y, en consecuencia REVOCAR la Resolución Nº 00437-2018-JEE-HRAZ/JNE, de fecha 5 de julio de 2018, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de la citada organización política para el Concejo Provincial de Carhuaz, departamento de Áncash, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Huaraz continúe con el tramite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General

PATAZ - PATAZ - LA LIBERTAD JEE PATAZ (ERM.2018012031) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, tres de agosto de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Yeison Alfonso Marreros Guillén, personero legal titular de la organización política Acción Popular, en contra de la Resolución Nº 00210-2018-JEEPTAZ/JNE, del 8 de julio de 2018, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la ciudadana Kriss Alicia Pacheco Santillán, como candidata a regidora para el Concejo Distrital de Pataz, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Mediante Resolución Nº 00101-2018-JEE-PTAZ/JNE, del 22 de junio de 2018, el Jurado Electoral de Pataz (en adelante, JEE) declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de la organización política Acción Popular, para el Concejo Distrital de Pataz, por los siguientes argumentos (fojas 32 a 37): a) Se observa que solo presentaron el acta de proclamación de resultados de las elecciones internas de candidatos a alcalde y regidores, omitiendo adjuntar el acta de elecciones internas, infringiendo lo establecido en el artículo 25, numeral 25.2, del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante la Resolución Nº 0082-2018-JNE, (en adelante, Reglamento). b) Teodoro Nontol Villalobos adjunta su documento nacional de identidad (en adelante, DNI), con fecha de emisión 19 de octubre de 2017, por consiguiente, no cumple con acreditar el domicilio de dos años continuos en el distrito de Pataz. c) Kriss Alicia Pacheco Santillán adjunta DNI, cuya fecha de emisión es del 9 de mayo de 2018, por consiguiente, no cumple con acreditar el domicilio de dos años continuos en el distrito de Pataz. d) Elmer Barrueto Vera adjunta DNI, cuya fecha de emisión es del 9 de mayo de 2018, por consiguiente, no cumple con acreditar el domicilio de dos años continuos en el distrito de Pataz. e) Michelle Yelitza Aguilar Bernilla adjunta DNI, cuya fecha de emisión es del 28 de diciembre de 2017, por consiguiente, no cumple con acreditar el domicilio de dos años continuos en el distrito de Pataz. f) Conforme al artículo 28, numeral 28.1, del Reglamento, se le otorgó dos (2) días calendario para que subsane las observaciones. Con fecha 5 de julio de 2018 (fojas 40 a 43), el personero legal de la organización política subsana las observaciones formuladas en la Resolución Nº 00101-2018-JEE-PTAZ/JNE. Por medio de la Resolución Nº 00210-2018-JEE-PTAZ/ JNE, del 8 de julio del presente año (fojas 56 a 61), el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de Kriss Alicia Pacheco Santillán, como candidata a regidora para el Concejo Distrital de Pataz, considerando que el personero legal titular de la organización política presentó diversos contratos de trabajo bajo modalidad; sin embargo, estos documentos no acreditan el lugar donde la candidata ejerce sus labores, tampoco figura como lugar de residencia el distrito de Pataz, ya que en todos los contratos mencionados la candidata indica domiciliar en Víctor Larco Herrera, distrito de la provincia de Trujillo, por lo que no cumple con acreditar los dos años continuos, en la circunscripción en la que postula, conforme a lo establecido en los artículos 22, literal b, y 25, numeral 25.11, del Reglamento. En vista de ello, con fecha 30 de julio de 2018 (fojas 4 a 6), el personero legal titular de la organización política interpuso un recurso de apelación en contra de la Resolución Nº 00210-2018-JEE-PTAZ/JNE, bajo los siguientes argumentos:

1

Directiva de Elecciones Internas de Candidatos a los Cargos de Alcaldes y Regidores de los Consejos Provinciales y Consejos Distritales de la República.

1701138-11

Confirman resolución en el extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidata a regidora para el Concejo Distrital de Pataz, provincia de Pataz, departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN Nº 1799-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018023280

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.