Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de octubre de 2018 /

El Peruano

3. IX Comandancia del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú 4. Servicio Nacional de Áreas Protegidas del Estado (SERNANP) 5. Dirección Desconcentrada de INDECI Cusco (DDICUSCO) 6. Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional del Cusco 7. Departamento de Medio Ambiente ­ Policía Nacional del Perú 8. 5ta Brigada de Montaña del Ejército del Perú 9. Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional del Cusco 10. Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco, Ministerio de Cultura 11. Servicio Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) 12. Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional - Cusco 13. Fiscalía de Prevención del Delito 14. Fiscalía del Medio Ambiente. 15. Representantes de las Municipales Provinciales de la Región Cusco 16. Representantes de las Municipales Distritales de la Región Cusco 17. Organizaciones Sociales Representativas de la Región. 18. Organizaciones de la Sociedad Civil. DEBE DECIR: Artículo Segundo.- RECONFORMAR el Comité Técnico Regional frente a los incendios forestales en la Región del Cusco: 1. Oficina de Gestión de Riesgos y Seguridad del Gobierno Regional del Cusco, que lo preside. 2. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Cusco. 3. Servicio Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) 4. Servicio Nacional de Áreas Protegidas del Estado (SERNANP) 5. Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional del Cusco 6. Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional del Cusco 7. Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional - Cusco 8. Fiscalía de Prevención del Delito 9. Fiscalía provincial especial en materia ambiental. 10. Dirección Desconcentrada del INDECI ­ Cusco. 11. Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco, Ministerio de Cultura 12. 5ta Brigada de Montaña del Ejército del Perú 13. Departamento de protección Medio Ambiente ­ Policía Nacional del Perú 14. IX Comandancia del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú 15. Organizaciones de la sociedad civil, ONGs. 16. Municipalidades provinciales y distritales, mediante sus oficinas de defensa civil o gestión del Riesgo de desastres. 17. Y otros que soliciten adherirse. Artículo Segundo.- MANTENER inalterables las demás disposiciones establecidas en la Ordenanza Regional Nº 092-2015-CR/GRC.CUSCO. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Cusco, para su obligatorio cumplimiento. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Cusco. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación.

Dado en la ciudad del Cusco, a los once días del mes de junio del año dos mil dieciocho. JAIME ERNESTO GAMARRA ZAMBRANO Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Cusco, a los nueve días del mes de julio del año dos mil dieciocho. EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco 1700414-1

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Ordenanza Regional que aprueba la Estrategia y Plan Regional de Gestión Integrada de Recursos Hídricos Huancavelica (EPRGIRH)
ORDENANZA REGIONAL Nº 407-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 3 de agosto de 2018 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ESTRATEGIA Y PLAN DE GESTIÓN INTEGRADA DE RECURSOS HÍDRICOS ­ HVCA. (EPRGIRH) Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa. Que, en el marco del Convenio Interinstitucional Nº 124 del 2013, suscrito entre PRODERN-MINAM y el GORE HUANCAVELICA, quienes de manera conjunta vienen trabajando orientadas a la implementación de la Política de Gestión Ambiental y de los Recursos Naturales en el contexto del Cambio Climático y el Desarrollo Sostenible; siendo una de ellas la formulación de LA "ESTRATEGIA Y PLAN REGIONAL DE GESTIÓN INTEGRADA DE RECURSOS HÍDRICOS ­ HUANCAVELICA (EPRGIRH); instrumento de gestión necesario para prever la oferta y seguridad hídrica para el uso equitativo y sostenible en las cuencas del departamento de Huancavelica al 2021 con proyección al 2030. Que, con Informe Nº 092-2018/GOB.REG.HVCA/ GGR-GRRNYGA, de fecha 11 de junio de 2018, suscrito por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, mediante el cual, solicita la aprobación de la "ESTRATEGIA Y PLAN REGIONAL DE GESTIÓN INTEGRADA DE RECURSOS HÍDRICOS ­ HVCA" (EPRGIRH), por las consideraciones antes expuestas. Que, el literal a) del Artículo 53º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son funciones en materia ambiental, formular, aprobar,

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