Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano / Viernes 12 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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c) Lograr compromisos concretos de sus integrantes sobre la base de una visión compartida y concertada. d) Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales. e) Facilitar el tratamiento adecuado para la resolución de Conflictos Ambientales. f) Contribuir al desarrollo de los sistemas locales de gestión ambiental. Funciones específicas de la CAR: a) Establecer mecanismos y niveles de concertación para la Ejecución de la Política Ambiental Regional y actuar en coordinación con el Gobierno Regional Huánuco para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental. b) Proponer Instrumentos y tecnologías limpias para la contribución en la Gestión Ambiental Regional. c) Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participación coordinada con los integrantes de la CAR Huánuco a favor de la gestión ambiental de conformidad con el Plan de Acción Ambiental y la Agenda Ambiental Regional. d) Proponer criterios y lineamientos de política ambiental que permitan su articulación con el Plan de Desarrollo Regional Concertado y otros instrumentos de gestión territorial y ambiental de alcance regional, así como mecanismos para asegurar asignación en el presupuesto regional a las iniciativas de inversión en materia ambiental, de acuerdo al Plan de Acción Ambiental Regional. e) Apoyar el fortalecimiento de las Comisiones Ambientales Municipales de acuerdo a sus funciones y promover interacciones en beneficio del desarrollo sostenible regional. f) Promover la gestión integrada de los recursos hídricos, con una visión y enfoque de cuenca con participación de los actores involucrados a nivel interregional. g) Fomentar y orientar la valoración y conservación del patrimonio natural y cultural, así como de la diversidad biológica y los recursos genéticos de la región, en concordancia con las políticas nacionales y regionales. h) Realizar acciones que fortalezcan la institucionalidad regional y local para la gestión ambiental con un enfoque sostenible. i) Proponer la creación de grupos técnicos regionales para la elaboración de propuestas técnicas relacionadas con los principales temas ambientales identificados y priorizados, con sujeción a la Política Ambiental Regional vigente y en articulación al Sistema Regional de Gestión Ambiental. j) Propiciar políticas públicas para el uso de los recursos no renovables y el uso sostenible, conservación y preservación de los recursos naturales renovables. k) Propiciar y facilitar la implementación de los instrumentos de gestión ambiental, a través del monitoreo y seguimiento permanente. l) Informar los avances de la gestión realizada y sobre temas específicos, a los integrantes de la CAR y a la ciudadanía cuando así lo requieran. m) Hacer de conocimiento al Consejo Regional de Huánuco y otras instancias con competencia ambiental sobre posibles daños al ambiente o infracciones a la legislación ambiental. n) Promover el fortalecimiento de capacidades de los integrantes de la CAR. o) Otras de acuerdo a las competencias y marco normativo ambiental. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realizar acciones conjuntas para proponer mecanismos técnicos y financieros, a fin de brindar sostenibilidad al funcionamiento de la CARHuánuco. Artículo Quinto.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 095-2014-CR-GRH de fecha 12 de diciembre de 2014 y Ordenanza Regional Nº 067-2017-GRHCO de

fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano el 27 de mayo de 2017. Artículo Sexto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 10 días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 11 días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1700419-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Disponen la Contratación de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0531 Ate, 9 de octubre del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Memorándum Nº 03-2018-MDA/CCPGAF-SGRH e Informe Nº 003-2018-MDA/GAF-SGRH del Comité de Selección del Concurso Publico de Méritos Nº 002-2018-MDA/GAF-SGRH, convocado para la Contratación de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo para la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa de la Gerencia de Fiscalización y Control; el Proveído Nº 1338-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0477, de fecha 12.09.2017, se autorizó el inicio del proceso del Concurso Público de Méritos, para cubrir en la condición de contratados, la plaza de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo por reemplazo, para la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa de la Gerencia de Fiscalización y Control; asimismo, conforme a los artículos 2º y 3º de la acotada Resolución, se facultó al Comité de Selección del Concurso de Méritos antes descrito, integrados por el Lic. Rafael Raymi Chalco ­ Sub Gerente de Recursos Humanos y Abog. Orlando Hernández Domador ­ Sub Gerente de Cobranza y Coactiva Administrativa, para que elabore las Bases del Concurso Público de Méritos para cubrir las plazas de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo;

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