Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2018 (22/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Lunes 22 de octubre de 2018 /

El Peruano

presentar dentro del plazo máximo de ciento veinte días (120) días calendarios a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Directoral: el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de Equipos, los cuales deberán ser emitidos por alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz este asociada a la International Federation Of Inspection Agencies- IFIA; con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por ésta Dirección General, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a ésta Dirección General, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
Acto Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha máxima de presentación 07 de agosto de 2019 07 de agosto de 2020 07 de agosto de 2021 07 de agosto de 2022 07 de agosto de 2023

Artículo 7.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa CENTRO DIAGNOSTICO TECNICO DE VEHICULOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CEDITEDV S.A.C., los gastos que origine su publicación. Artículo 8.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en Av. Japón (Antes Bertello) S/N con Calle A Urbanización Industrial Bocanegra, Callao, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre
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Literal d) del numeral 29.2 del artículo 29 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo N° 0252008-MTC: Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta: Línea de inspección destinada a la revisión alternada de vehículos livianos y pesados. "la entidad mantiene la facultad de requerir única y exclusivamente la subsanación de aquellos requisitos que no hayan sido subsanados por el administrado o cuya subsanación no resulte satisfactoria de conformidad con lo dispuesto por la norma correspondiente (...)"

1702937-1 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 de El Reglamento, referido a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa CENTRO DIAGNOSTICO TECNICO DE VEHICULOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CEDITEDV S.A.C., a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- La empresa CENTRO DIAGNOSTICO TECNICO DE VEHICULOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CEDITEDV S.A.C., debe presentar a ésta Dirección General, los siguientes documentos:
Documentos Fecha máxima de presentación

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Dejan sin efecto delegación de facultades a el/la Director/a de Articulación Territorial a que se refiere el numeral 6.1 del artículo 6 de la Res. N° 170-2017-DV-PE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 124-2018-DV-PE Lima, 19 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, Decreto Legislativo N° 824 y modificada por Decreto Legislativo N° 1241, se determinaron la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, publicado el 05 de julio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, el cual establece la estructura orgánica y funcional de la Entidad; Que, el literal o) artículo 10 del citado Reglamento, señala que, entre sus funciones y/o atribuciones, la Presidencia Ejecutiva puede otorgar los poderes que considere necesarios, pudiendo además delegar, en concordancia con la normatividad vigente, una o más de sus funciones al/a la Secretaría General (actualmente, Gerencia General) o a otros/as funcionarios/as, excepto la de Presidente/a del Consejo Directivo; Que, en el marco de las indicadas funciones y/o atribuciones, la Presidencia Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, emitió la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 170-2017-DV-PE, del 29 de diciembre de 2017, delegando facultades entre otros a el/la Director/a de Articulación Territorial; Que, se ha considerado conveniente dejar sin efecto las facultades delegadas a el/la Director/a de Articulación

Relación del equipamiento requerido por el artículo 34 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado Noventa (90) días calendarios por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, de otorgada la autorización. acompañado con los documentos que sustenten la propiedad y/o condiciones de arrendatario financiero sobre los mismos. Planos de Ubicación y Distribución del local del CITV, en este último caso detallando Treinta días (30) días sus instalaciones y diversas áreas que calendarios de otorgada la lo componen con su respectiva Memoria autorización. Descriptiva suscrita por el representante legal. Copia simple del título de propiedad que acredite la posesión legítima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura Treinta días (30) días inmobiliaria requerida en el artículo 36 del calendarios de otorgada la Reglamento Nacional de Inspecciones autorización. Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC. Licencia de Funcionamiento y Certificado Noventa (90) días calendarios de Compatibilidad de Uso emitido por la de otorgada la autorización. Municipalidad correspondiente.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente.

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