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122 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 / El Peruano Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Dar por concluida, la designación efectuada por Resolución de Presidencia Nº 025- 2017-CONCYTEC-P, a la servidora Nilda Del Álamo Coll Cárdenas, como Fedataria de la Unidad Ejecutora: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Designar como Fedatarios del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, a los siguientes servidores: Nombres y Apellidos Órgano o Unidad Orgánica Vanessa Balarezo AlmanzaOfi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración Germán Huamán MedinaOfi cina de Personal de la O fi cina General de Administración Artículo 4.- Mantener vigente la designación como Fedatarios de la Unidad Ejecutora: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, efectuada mediante Resolución de Presidencia N° 113-2015-CONCYTEC-P, conforme a lo siguiente: Nombres y Apellidos Órgano o Unidad Orgánica María del Rosario Mercado MedinaOfi cina de Gestión Documentaria y Servicios al Ciudadano de la Secretaría General Mariví Hidalgo VargasOfi cina de Personal de la O fi cina General de Administración Artículo 5.- Las personas señaladas en los Artículos 3 y 4, desempeñarán sus funciones de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS y en la Directiva Nº 004-2014-CONCYTEC-OAJ “Normas y Procedimientos para los Fedatarios del Pliego CONCYTEC”, aprobada por Resolución de Presidencia Nº 019-2014-CONCYTEC-P. Artículo 6.- Disponer que la presente Resolución sea noti fi cada a las siguientes personas: Carla Melissa Romero Montero, Nilda Del Álamo Coll Cárdenas, Vanessa Balarezo Almanza, Germán Huamán Medina, María del Rosario Mercado Medina y Mariví Hidalgo Vargas, así como a la O fi cina General de Administración, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1707400-3 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Deniegan Licencia Institucional a la Universidad Peruana de Integración Global S.A.C. para ofrecer servicio educativo superior universitario en el territorio nacional RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 146-2018-SUNEDU/CD Lima, 29 de octubre de 2018I. VISTOS: La Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI) con Registro de Trámite Documentario Nº 20220-2016-SUNEDU-TD, presentada el 15 de agosto de 2016, por la Universidad Peruana de Integración Global S.A.C 1 (en adelante, la Universidad); el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 032-2018-SUNEDU/02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe Legal Nº 332-2018-SUNEDU-03-06 de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, II. CONSIDERANDO:II.1 Antecedentes normativosQue, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento; Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, respectivamente, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades; Que, el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu (en adelante, ROF), aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU, establece que la Dirección de Licenciamiento es el órgano de línea responsable de proponer la normativa aplicable para el proceso de cierre de las universidades, fi liales u otros establecimientos, como facultades, escuelas y programas de estudios en los que se preste el servicio educativo superior universitario; Que, el artículo 43 del ROF dispone que la Dirección de Supervisión es el órgano de línea, encargado de dirigir, coordinar y ejecutar el proceso de supervisión de la autorización, cumplimiento de condiciones básicas de calidad, funcionamiento y cese de actividades de universidades, fi liales y demás establecimientos, así como facultades, escuelas y programas de estudios conducentes a grado académico, cuando corresponda; Que, mediante Resolución Nº 006-2015-SUNEDU/ CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el “Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano” (en adelante, el Modelo), que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional 2; Que, el 29 de junio de 2018 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la Resolución del Consejo Directivo Nº 063-2018-SUNEDU/CD, que aprueba disposiciones para culminar la evaluación de las condiciones básicas de calidad en el marco del procedimiento de licenciamiento institucional de las Universidades; Que, dicha resolución aprobó la incorporación de los numerales 12.3 y 12.4 al artículo 12 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD del 14 de marzo de 2017; Que, de acuerdo al numeral 12.4 del artículo 12 del referido reglamento, la desaprobación del Plan de Adecuación (en adelante, PDA) tiene como consecuencia la denegatoria de la licencia institucional por incumplimiento de CBC; Que, el 11 de septiembre de 2018, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, la Resolución del Consejo Directivo Nº 111-2018-SUNEDU/CD, que aprueba el 1 Inscrita en la Partida Electrónica Nº 12126909 del Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. 2 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 24 de noviembre de 2015.