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121 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 El Peruano / en la Ley N° 28613 y los Decretos Supremos N°s 058- 2011-PCM y 067-2012-PCM; Que, la O fi cina de Personal a través del Informe N° 1075-2018-CONCYTEC-OGA-OP, contando con la conformidad de la O fi cina General de Administración a través del Proveído N° 729-2018-CONCYTEC-OGA, señala que el señor Paul Soplin Alvarado, cumple con los requisitos para ser designado como Sub Director de Ciencia, Tecnología y Talentos del CONCYTEC; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa de la O fi cina General de Administración, de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del encargado de las funciones de la O fi cina de Personal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, y en el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Paul Soplin Alvarado, en el cargo de Sub Director de Ciencia, Tecnología y Talentos del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución sea noti fi cada al señor Paul Soplin Alvarado, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 3.- Déjese sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El peruano” y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1707400-2 Designan Fedatarios del CONCYTEC RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 196-2018-CONCYTEC-P Lima, 26 de octubre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 851-2018-CONCYTEC- OGA-OP, de la O fi cina de Personal, el Proveído N° 659-2018-CONCYTEC-OGA, de la O fi cina General de Administración, y el Informe N° 156-2018-CONCYTEC-OGAJ-PJSR, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía cientí fi ca, administrativa, económica y fi nanciera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la Ley N° 28613, en la Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) y en la Ley Nº 30806, que “Modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC”, y en los Decretos Supremos N°s. 058-2011-PCM, y 067-2012-PCM; Que, el Numeral 1 del Artículo 136 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS regula el régimen de fedatarios, estableciendo que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a las necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, el Numeral 2 del Artículo 136 del Texto Único Ordenado antes citado, señala que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad; cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregarlos como prueba. También pueden, a pedido de los administrados, certi fi car fi rmas previa veri fi cación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, la Directiva Nº 004-2014-CONCYTEC-OAJ “Normas y Procedimientos para los Fedatarios del Pliego CONCYTEC”, aprobada por Resolución de Presidencia Nº 019-2014-CONCYTEC-P (en adelante, La Directiva), regula el servicio de autenticación de documentos y certi fi cación de fi rmas para los trámites administrativos que se realicen en el CONCYTEC, o en caso lo requiera la misma entidad hacer valer sus documentos ante otras instituciones o particulares; Que, los Numerales 5.1 y 5.2 de La Directiva, establecen que la función de los fedatarios deberá recaer en servidores de la Entidad que cuenten con el grado de bachiller o título profesional y detenten aptitudes de veracidad, respecto, discreción y un alto sentido de servicio al público. Asimismo, precisa que los fedatarios serán designados por el Titular de cada Unidad Ejecutora del Pliego CONCYTEC, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 113- 2015-CONCYTEC-P, de fecha 27 de agosto de 2015, se designó como fedatarios del CONCYTEC, a las servidoras Carla Melissa Romero Montero, María Elena Rosas Ballinas, María del Rosario Mercado Medina y Mariví Hidalgo Vargas; Que, asimismo, mediante Resolución de Presidencia Nº 025-2017-CONCYTEC-P, de fecha 22 de febrero de 2017, se designó como fedataria del CONCYTEC, a la servidora Nilda Del Álamo Coll Cárdenas y se dio por concluida la designación de la servidora María Elena Rosas Ballinas, como Fedataria de la Unidad Ejecutora CONCYTEC; Que, mediante Informe Nº 851-2018-CONCYTEC- OGA-OP, la O fi cina de Personal contando con la conformidad de la O fi cina General de Administración efectuada mediante Proveído Nº 659-2018-CONCYTEC-OGA, señalan que las señoras Carla Melissa Romero Montero y Nilda Del Álamo Coll Cárdenas ya no laboran en el CONCYTEC, por ello, solicitan se tramite la expedición de la resolución que designe a dos nuevos fedatarios, proponiendo a la servidora Vanessa Balarezo Almanza y al servidor Germán Huamán Medina; Que, mediante Informe N° 156-2018-CONCYTEC- OGAJ-PJSR, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que no encuentra objeción para continuar con el trámite correspondiente para la expedición de la resolución que designe nuevos fedatarios del CONCYTEC; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa de la O fi cina General de Administración, de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Encargado de las funciones de la O fi cina de Personal, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC; en el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; y en la Directiva Nº 004-2014-CONCYTEC-OAJ “Normas y Procedimientos para los Fedatarios del Pliego CONCYTEC”, aprobada por Resolución de Presidencia Nº 019-2014-CONCYTEC-P; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida, la designación efectuada por Resolución de Presidencia Nº 113-2015- CONCYTEC-P, a la servidora Carla Melissa Romero Montero, como Fedataria de la Unidad Ejecutora: Consejo Nacional de