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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (30/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 128

128 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 / El Peruano presente resolución al interesado, a la Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, O fi cina de Control Institucional, O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1707136-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen la remisión y redistribución aleatoria de expedientes en trámite, en diversas salas y juzgados de trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 399-2018-P-CSJLI/PJ Lima, 29 de octubre de 2018VISTOS:La Resolución Administrativa Nº 192-2018-P-CE- PJ de fecha 25 de Octubre de 2018, el informe Nº 051-2018-CEP-UPD-CSJLI/PJ de fecha 29 de Octubre de 2018, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa de vistos, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto prorrogar, a partir del 1 de noviembre de 2018 el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales de este distrito judicial, entre ellos, la Sala Laboral Transitoria y el 16º y 17º Juzgado de Trabajo Transitorios, hasta el 31 de diciembre del año en curso. Asimismo, mediante el artículo segundo de la referida resolución administrativa, se ordena que el Presidente de esta Corte Superior de Justicia disponga que la 1º y 3º Sala Laboral Permanentes redistribuyan doscientos (200) expedientes cada una, y la 7º Sala Laboral Permanente cien (100) expedientes, todos en estado de trámite y de manera aleatoria hacia la Sala Laboral Transitoria, e igualmente, que el 26º Juzgado de Trabajo Permanente redistribuya de manera aleatoria cuatrocientos (400) expedientes en estado de trámite hacia el 16º y 17º Juzgado de Trabajo Transitorios, en proporción de doscientos (200) expedientes para cada uno de ellos. Al respecto, mediante el informe de vistos elaborado por la Coordinación de Estudios y Proyectos de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, se pone a conocimiento de este Despacho el análisis realizado de los expedientes con programación de vistas de la causa de las Salas de Trabajo Permanentes y, de la carga procesal de los Juzgados comprendidos en las disposiciones realizadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, así como, de la propuesta de los plazos en que se deberán ejecutar dichas redistribuciones de expedientes hacia los órganos jurisdiccionales transitorios, siendo que se estima conveniente otorgar diez (10) días hábiles a las Salas Laborales Permanentes y quince (15) días hábiles al 26º Juzgado de Trabajo Permanente para que remitan sus expedientes en estado de trámite. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de Justicia en sus distintos niveles y áreas. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE:Artículo Primero .- DISPONER la remisión y redistribución aleatoria de cuatrocientos (400) expedientes en estado de trámite desde la 1º y 3º Sala de Trabajo Permanentes, en proporción de doscientos (200) expedientes cada una, y de cien (100) expedientes en estado de trámite desde la 7º Sala de Trabajo Permanente, hacia la Sala Laboral Transitoria, por intermedio de las Mesas de Partes correspondientes, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución administrativa. Artículo Segundo.- DISPONER la remisión y redistribución aleatoria desde el 26º Juzgado de Trabajo Permanente de cuatrocientos (400) expedientes en estado de trámite, por intermedio de las Mesas de Partes correspondientes hacia el 16º y 17º Juzgado de Trabajo Transitorios, en proporción de doscientos (200) expedientes para cada juzgado transitorio, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución administrativa. Artículo Tercero.- DISPONER que para los expedientes en estado de trámite a ser redistribuidos se deberán contemplar aquellos que al 31 de octubre del presente año no se encuentren expeditos para sentenciar, y de corresponder, también aquellos expedientes en los que no se haya fi jado fecha para la vista de la causa; así como, aquellos expedientes que se les haya programado fecha de vista de causa con posterioridad al 30 de noviembre de 2018, debiendo contemplar aquellas con programación de vistas más alejadas. Artículo Cuarto.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad del Presidente a cargo de las Salas Laborales Permanentes remitentes y del secretario y relator de Sala. Artículo Quinto.- DISPONER que la Mesa de Partes correspondiente redistribuya los expedientes hacia Sala Laboral Transitoria y los Juzgados Transitorios en un plazo máximo de 24 horas desde la recepción de los expedientes de los órganos jurisdiccionales remitentes. Artículo Sexto.- DISPONER que la Coordinación de Informática de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, realice las acciones necesarias para la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, garantizando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse para la presente Resolución Administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del SIJ, debiendo informar a su Jefatura de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten pertinentemente, bajo responsabilidad. Artículo Sétimo.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, realice el seguimiento y monitoreo, respecto a la carga procesal, ingresos y producción de las Salas y Juzgados Laborales Permanentes y Transitorios comprendidos en la presente Resolución Administrativa e, informe a esta Presidencia sobre las actividades ejecutadas y las acciones pertinentes que se deberán realizar para el óptimo funcionamiento de estos órganos jurisdiccionales. Artículo Octavo.- CUMPLAN los Presidentes de las Salas y Jueces de los Juzgados Laborales inmersos en este procedimiento de redistribución de expedientes, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Ofi cina de Desconcentrada de Control de la Magistratura