Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2018 (04/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Martes 4 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Que, el mencionado evento se desarrollarán diversas materias de gran relevancia para la Sunarp, siendo el tema principal la "Vinculación e interoperabilidad, base para la conformación de los catastros modernos", para lo cual se abordarán aspectos relacionados a la vinculación como medio para actualizar los datos catastrales; la problemática en la actualización de los valores catastrales; la escritura pública frente a la realidad geográfica; la geomática como herramienta para el desarrollo de los catastros; y la actualización catastral y el fortalecimiento de las haciendas públicas; Que, conforme a las competencias y funciones de la Sunarp relacionadas a la consolidación del derecho de propiedad por medio de la inscripción registral, dicha institución busca garantizar la vigencia de los derechos de la población a través de la seguridad jurídica que otorga el registro y su vinculación con un catastro predial integrado, actualizado y articulado con la base gráfica registral, que coadyuve a un eficiente diagnóstico del territorio y a la planificación responsable de la inversión público privada, fomentándose con ello el proceso de formalización en concordancia con la política de lucha contra la pobreza e inclusión social que propicia el desarrollo integral del país, impulsándose así la calidad de los servicios públicos en beneficio de los ciudadanos, con miras a la consolidación de un Estado más moderno; Que, mediante Informe Nº 710-2018-SUNARP/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Sunarp considera que la participación de los servidores de la entidad en el citado evento, permitirá profundizar el intercambio de experiencias y buenas prácticas sobre la materia, así como conocer las nuevas tendencias internacionales en temas relacionados al catastro que contribuyan al logro de las políticas públicas vinculadas a la mejora del Sistema Nacional de los Registros Públicos y la prestación del servicio registral a los usuarios; Que, considerando las competencias de la Sunarp, así como la importancia y trascendencia de las materias y asuntos a tratar en el mencionado evento, resulta de interés institucional de la Sunarp la participación en el mismo; Que, los gastos que genere el referido viaje serán sufragados, en parte, con cargo al presupuesto institucional de la Sunarp, por cuanto los gastos correspondientes a viáticos de uno de sus representantes (alojamiento, alimentación y traslados internos) serán cubiertos por la organización del mencionado evento; en ese sentido, por razones de itinerario corresponde autorizar el viaje del 4 al 8 de septiembre de 2018; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Manuel Augusto Montes Boza, Superintendente Nacional de los Registros Públicos y la señora Melva Alejandra Frias Liau Hing, Coordinadora de Catastro de la Zona Registral Nº XI ­ Sede Ica, a la ciudad de Cancún, Quintana Roo, Estados Unidos Mexicanos, del 4 al 8 de setiembre de 2018, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos con recursos del presupuesto institucional de la Sunarp, de acuerdo al siguiente detalle: Manuel Augusto Montes Boza, Superintendente Nacional de los Registros Públicos Pasajes S/ 3,607.78

Los gastos de viáticos serán cubiertos por la organización del evento. Melva Alejandra Frias Liau Hing, Coordinadora de Catastro de la Zona Registral Nº XI ­ Sede Ica Pasajes Viáticos x 4 días S/ S/ 3,607.78 5,896.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, las personas autorizadas en los artículos 1 y 2 de la presente resolución, deberán presentar ante el Titular del Sector un informe dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1687297-2

PRODUCE
Disponen el control metrológico de balanzas utilizadas en transacciones comerciales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 006-2018-INACAL/DM Lima, 29 de agosto de 2018 VISTO: El Informe Técnico DM N° 115-2018, de fecha 27 de agosto de 2018, del Responsable del Equipo Funcional de Metrología Científica e Industrial de la Dirección de Metrología, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el "Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad", en el artículo 9° dispone que el "El Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 35.1 del artículo 35° de la citada Ley establece que la Dirección de Metrología es un órgano de línea responsable de la materia de metrología del INACAL, es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la metrología, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional. Establece, custodia y mantiene los patrones nacionales de medida y provee la trazabilidad al Sistema Internacional de Unidades. Además, es responsable de normar y regular la metrología legal; Que, el numeral 36.1 del artículo 36° de la ley dispone que "El control metrológico se realiza a todo medio de medición utilizado en operaciones de carácter comercial, valorización de servicios, de trabajos, pruebas periciales, salud pública y seguridad del trabajo, oficinas públicas y en todas aquellas actividades que determine el órgano de línea responsable de la materia de metrología del INACAL directamente o en coordinación con otros organismos oficiales. La aplicación de los controles metrológicos se harán en forma progresiva y de acuerdo a las necesidades del país"; Que, el control metrológico (aprobación de modelo, verificación inicial y verificación posterior) se realiza a todo medio de medición utilizado en transacciones comerciales

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