Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2018 (04/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 4 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES
GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD

25
54 620,00 5005174 : Generación, administración y difusión de información Forestal y de Fauna Silvestre 1 : Recursos Ordinarios 902 446,00

presente año fiscal del referido pliego y no cuentan con saldos presupuestarios para su atención; Que, de otro lado, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, que establece medidas de eficiencia del gasto público para el impulso económico, dispone límites por la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios en las entidades del Gobierno Nacional señalados en el Anexo Nº 3 "Pliegos sujetos a límites de gasto en bienes y servicios", donde se encuentra entre otros, el pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR, siendo el límite de gasto para el citado pliego en la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios la suma de S/ 47 727 439,00 (CUARENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES); Que, el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018 dispone que los límites de gasto establecidos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del referido artículo, pueden ser excepcionalmente incrementados mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor del pliego Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, hasta por la suma de S/ 6 438 516,00 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES) para financiar la ejecución de actividades orientadas al control y vigilancia a los que atenten contra los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, con la finalidad de potenciar las acciones de fiscalización y supervisión al origen legal de los recursos forestales y su preservación en el tiempo, de manera sostenible y segura, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO

3000384 : Áreas forestales recuperadas que cuenten con un adecuado manejo forestal y de Fauna Silvestre ACTIVIDAD 5004420 : Recuperación de áreas forestales degradadas o alteradas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD 130 000,00

5005177 : Prevención, control y vigilancia sobre actividades que atenten contra los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PRODUCTO 4 986 650,00

3000695 : Productores y manejadores forestales y de Fauna Silvestre con acceso y trazabilidad eficiente sobre los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre ACTIVIDAD 5005180 : Otorgamiento de derechos de acceso a los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre y acciones de seguimiento y verificación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 364 800,00 -----------------6 438 516,00 ==========

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO 6 438 516,00 -----------------6 438 516,00 ========== En Soles

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego y por el Ministro de Economía y Finanzas.

: Gobierno Central 165 : Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - SERFOR PROGRAMA PRESUPUESTAL 0130 : Competitividad y aprovechamiento sostenible de los Recursos Forestales y de la Fauna Silvestre PRODUCTO 3000383 : Productores forestales y manejadores de Fauna Silvestre informados sobre el manejo sostenible de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre ACTIVIDAD 5004417 : Estudios de Investigación de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.