Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2018 (13/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Jueves 13 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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el Informe N° 0366-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y el Informe N° 900-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, y a través del Decreto Supremo N° 027-2017EF, se aprueba su reglamento, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF y el Decreto Supremo N° 2482017-EF, en adelante el Reglamento; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, según el literal f) del numeral 6.2 del artículo 6 de la "Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto", aprobada por la Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, en adelante la Directiva, es función del Órgano Resolutivo designar al órgano que realiza las funciones de UEI, así como a su responsable; y conforme al literal h) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento, es función de la OPMI registrar a los órganos del Sector que realizarán las funciones de UF y UEI, y a sus responsables, en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; lo cual se realiza mediante el "Formato N° 3: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones" de la Directiva; Que, el artículo 132 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, señala que la gestión administrativa de las universidades públicas se realiza por servidores públicos no docentes de los regímenes laborales vigentes; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 155-2018-MINEDU el Órgano Resolutivo del Ministerio de Educación designó a la Unidad Ejecutora de Inversiones y Servicios Generales de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, como Unidad Ejecutora de Inversiones de la citada universidad, y a la señora Jhuliane Mónica Bravo Cruz como su responsable; Que, a través del Informe N° 0366-2018-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, el responsable de la OPMI del Sector Educación sustenta la designación de la Unidad Ejecutora de Inversiones como UEI de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo y del señor Carlos Alfredo Valqui Castañeda como su nuevo responsable, conforme a lo propuesto por la indicada universidad en los Oficios Nº 118-2018-P/UNAT y Nº 1332018-P/UNAT; Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Programación e Inversiones, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, y su modificatoria; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, y sus modificatorias; la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema

Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por la Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la Unidad Ejecutora de Inversiones y Servicios Generales de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, como Unidad Ejecutora de Inversiones de la citada universidad, y la designación de la señora JHULIANE MÓNICA BRAVO CRUZ, como responsable de la indicada Unidad Ejecutora de Inversiones, dispuesta por la Resolución Ministerial N° 155-2018-MINEDU. Artículo 2.- Designar a la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, como Unidad Ejecutora de Inversiones de la indicada universidad y designar al señor CARLOS ALFREDO VALQUI CASTAÑEDA como responsable de la indicada Unidad Ejecutora de Inversiones, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, a la Unidad Ejecutora de Inversiones y al nuevo responsable, designados mediante la presente resolución, así como remitir copia de la misma al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1690656-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificación de concesión para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica y primera modificación al Contrato de Concesión N° 502-2017, solicitada por MARCOBRE S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 335-2018-MEM/DM Lima, 6 de setiembre de 2018 VISTOS: El Expediente N° 14378317 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Poroma ­ S.E. Mina Justa, cuyo titular es MARCOBRE S.A.C.; la solicitud de la primera modificación de dicha concesión y aprobación de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 502-2017 (en adelante, el CONTRATO); los Informes N° 288-2018-MEM/DGE y N° 255-2018-MEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, el Informe N° 811-2018-MEM/OGJ elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 178-2017MEM/DM, publicada el 25 de mayo de 2017, se otorga a

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