Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2018 (13/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

50

NORMAS LEGALES

Jueves 13 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Artículo Noveno.- Notificar la presente resolución a Municipalidad de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, a fin de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias establecidas en el artículo 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Décimo.- Notificar la presente resolución al Ejercito del Perú con sujeción a lo establecido en el artículo 104° del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, con sujeción a las formalidades de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ERNESTO AUSEJO CASTILLO Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1690314-1

SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones al señor Luis Humberto Ñañez Aldaz como Jefe de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Martha Zuly Vicente Castro como Jefa de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1690834-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefa de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 264-2018-MIDIS Lima, 11 de setiembre de 2018 VISTOS: El Memorando N° 1138-2018-MIDIS/SG/OGPPM del Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 159-2018-MIDIS/ SG/OGRH del Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Oficina de Planeamiento e Inversiones es una unidad orgánica de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2018MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional- CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla el cargo de Jefe/a de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, considerado como cargo de confianza; Que, por Resolución Ministerial N° 253-2018-MIDIS, se encargó al señor Luis Humberto Ñañez Aldaz las funciones de Jefe de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; encargo que se considera conveniente dar por concluido; Que, en ese sentido, corresponde designar a la persona que se desempeñará en el cargo de Jefe/Jefa de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, el párrafo 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30556 dispone que la totalidad de los recursos económicos que se requieran para la implementación de los componentes del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios son financiados con cargo al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales; Que, de acuerdo a lo previsto por el párrafo 5.4 del artículo 5 de la Ley N° 30556, los recursos del FONDES destinados a financiar las intervenciones previstas en el referido Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, se incorporan en los pliegos respectivos en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, y Donaciones y Transferencias, según corresponda; asimismo, se dispone que dicha incorporación de recursos, en el caso de pliegos del Gobierno Regional y Gobierno Local, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, a través del Decreto Supremo N° 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, al que se refiere la Ley N° 30556; Que, el Director Ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios N°s. 723,

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Gobierno Regional del departamento de Tumbes y diversos Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 209-2018-EF

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.