Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2018 (13/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

70

NORMAS LEGALES

Jueves 13 de setiembre de 2018 /

El Peruano

póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º de El Reglamento, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada CERTIMAX PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CERTIMAX PERU S.A.C. a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6º.- La empresa CERTIMAX PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CERTIMAX PERU S.A.C. debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
Documentos Relación de equipamiento requerido por el Artículo 34º de El Reglamento y documentos que sustenten la propiedad y/o condición de arrendatario financiero sobre los mismos. Planos de Ubicación y Distribución en este último caso con su Memoria Descriptiva del local del Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV suscrita por el representante legal. Copia simple del título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier otro que acredite la posesión legítima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria requerida en el artículo 36 del presente Reglamento Licencia de Funcionamiento y Certificado de Compatibilidad de Uso emitido por la Municipalidad correspondiente. Fecha Máxima de Presentación Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización. Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización.

CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 5 189 550 098,00 (Cinco Mil Ciento Ochenta y Nueve Millones Quinientos Cincuenta Mil Noventa y Ocho con 00/100 Soles), por toda Fuente de Financiamiento; Que, con fecha 10 de febrero de 2010, el Ministerio de Economía y Finanzas -MEF, declaró viable el Programa con código PROG-034-2008-SNIP "Programa de Medidas de Rápido Impacto II", compuesto por los proyectos individuales de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS: Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado "Virgen de Guadalupe del Sur" (EMAPAVIGS S.A.C), Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Barranca S.A. (SEMAPA BARRANCA S.A.), Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. (SEMAPACH S.A.), y Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Juliaca S.A (SEDAJULIACA S.A.), mediante el cual se aprobó la asignación y se acordó que el citado Programa servirá para el mejoramiento del abastecimiento de agua potable en las ciudades comprendidas en el área de influencia del programa, para lograr el mejoramiento de la sostenibilidad financiera de las EPS señaladas; Que, con fecha 29 de diciembre de 2010, se suscribió el Contrato de Aporte Financiero, entre la Agencia Gubernamental de Cooperación Internacional Kreditanstalt Fur Wiederaufbau ­ KFW y la República del Perú, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el cual en su numeral 1.1 del artículo 1, el KFW concede al Ministerio de Economía y Finanzas un aporte financiero de hasta EUR 700 000,00 (Setecientos Mil con 00/100 Euros), destinado exclusivamente para el Programa de Medidas de Rápido Impacto II (PMRI II); además, en el numeral 1.2 de su artículo 1, se señala que el aporte financiero, financiará la adquisición e implementación de hardware y software y servicios de consultoría de apoyo a la Unidad Coordinadora (UCP) a las EPS participantes del Programa; Que, con fecha 20 de diciembre de 2012, se suscribió el Contrato de Préstamo del PMRI II, entre la República del Perú, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas y la KFW, hasta por la suma de EUR 7 449 766,19 (Siete Millones Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Setecientos Sesenta y Seis con 19/100 Euros), señalándose en su artículo 1 que el PMRI II se compone de medidas de inversión, financiadas con cargo al Préstamo, y, de medidas de apoyo complementario, financiadas con cargo al Contrato de Aporte Financiero celebrado el 29 de diciembre de 2010; Que, con fecha 08 de julio de 2013, se suscribió el Acuerdo Separado al Contrato de Préstamo y al Contrato de Aporte Financiero, donde se señala que el PMRI II abarca "Medidas de Inversión" que se financian con cargo a los fondos del préstamo, y, "Medidas Complementarias" que se financian con cargo a los fondos del aporte financiero; y, que el PMRI II está destinado a la rehabilitación y optimización de agua potable en cuatro (4) EPS: EMAPAVIGS S.A.C, SEMAPA BARRANCA S.A., SEMAPACH S.A. y SEDAJULIACA S.A; Que, con fecha 10 de julio de 2018, se suscribió el Convenio N° 054-2018-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 "Convenio entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la EPS SEDAJULIACA S.A. en el marco del Programa de Medidas de Rápido Impacto II", cuyo objeto es establecer lineamientos y compromisos de las partes para la transferencia financiera de recursos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS hasta por la suma de S/ 2 502 891,00 (Dos Millones Quinientos Dos Mil Ochocientos Noventa y Uno con 00/100 Soles) a favor de SEDAJULIACA S.A., para la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado;

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa CERTIMAX PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CERTIMAX PERU S.A.C., los gastos que origine su publicación. Artículo 8º.- Notificar la presente Resolución Directoral en el domicilio legal señalado por la empresa CERTIMAX PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CERTIMAX PERU S.A.C., ubicado en Jr. Trinidad Moran Nº 286 Segundo Piso, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1690647-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan Transferencias Financieras del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de las EPS SEMAPACH S.A. y EPS SEDAJULIACA S.A. para el financiamiento de la ejecución de medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 314-2018-VIVIENDA Lima, 12 de setiembre del 2018

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.