Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2018 (13/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Que, asimismo resulta conveniente la presencia del señor Ministro de Energía y Minas en reuniones con funcionarios y/o autoridades políticas de Canadá, las mismas que coadyuvarán a la promoción de las oportunidades de inversión en Perú, reuniones que se realizarán el día 21 de setiembre de 2018; Que, en ese sentido, resulta de interés institucional y nacional la autorización del viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, dado que sostendrá reuniones con autoridades y representantes del sector empresarial e inversionistas vinculados al sector energía, destacando la estabilidad económica y jurídica del Perú y promoviendo la cartera de proyectos y posibilidades de inversión a cargo del Ministerio de Energía y Minas, siendo que dicho viaje irrogará gastos al tesoro nacional; Que, la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Francisco Atilio Ísmodes Mezzano, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas del 19 al 23 de setiembre de 2018 a la ciudad de Vancouver, Canadá; correspondiendo encargar el Despacho Ministerial de Energía y Minas, en tanto dure la ausencia de su Titular; conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y sus modificatorias, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Francisco Atilio Ísmodes Mezzano, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, a la ciudad de Vancouver, Canadá, del 19 al 23 de setiembre de 2018, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (Incluido FEE) Viáticos (US$ 440.00 por 3 días) Total : US $ 1916.85 : US $ 1320.00 : US $ 3236.85

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican la R.M. N° 046-2017-MINCETUR y dejan sin efecto la R.M. N° 364-2017MINCETUR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 317-2018-MINCETUR Lima, 12 de setiembre de 2018 Visto, los Memorándums Nros. 762 y 777-2018MINCETUR/VMT, del Viceministerio de Turismo, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29408 ­ Ley General de Turismo, tiene como objeto promover, incentivar y regular el desarrollo sostenible de la actividad turística, siendo de aplicación obligatoria a los tres (3) niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local, en coordinación y articulación con los actores vinculados al sector; Que, el artículo 35 de la citada Ley dispone la creación de la Red de Protección al Turista, encargada de proponer y coordinar medidas para la protección y defensa de los turistas y de sus bienes; está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, quien lo preside; Que, según el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, la designación, así como las elecciones de representantes ante la Red de Protección al Turista se formalizan mediante resolución ministerial del MINCETUR; Que, mediante Resolución Ministerial N° 364-2017MINCETUR, se modificó el Artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 046-2017-MINCETUR, en la parte referida a la representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Red de Protección al Turista; designando al señor Rogers Martín Valencia Espinoza, quien lo presidirá; Que, a través de los documentos del Visto, la Viceministra de Turismo, propone actualizar la designación del representante del MINCETUR ante la Red de Protección al Turista; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 29408 - Ley General de Turismo y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 046-2017-MINCETUR, en la parte referida a la representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Red de Protección al Turista, de acuerdo al siguiente detalle: Por el MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Juan Carlos Rodríguez Monterroso, quien lo presidirá. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 364-2017-MINCETUR. Articulo 3.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Ministerial N° 046-2017-MINCETUR. Articulo 4.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la Red de Protección al Turista, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1690782-1

Artículo 3.- Encargar el Despacho del Ministerio de Energía y Minas al señor Carlos Oliva Neyra, Ministro de Economía y Finanzas a partir del 19 de setiembre de 2018, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1691028-2

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