Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2018 (18/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Martes 18 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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la Subgerencia de Informática su publicación en el Portal Web de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 1692251-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
Aprueban la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 265-MDCH/CM Chilca, 17 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Chilca, en la XIII Sesión Ordinaria de fecha 17 de julio de 2018; VISTO: El Dictamen Nº 07-2018-MDCH/CPPAJ, de la Comisión de Planificación y Presupuesto y Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley 27972 establece que, corresponde al concejo municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Asimismo, el artículo 40º dispone que las ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, mediante Informe Nº 022-2018-AR/GPP-MDCH, del área de Racionalización, refiere; que mediante Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley 28976, Ley Marco de la Licencia de Funcionamiento. El mismo que tiene como finalidad establecer el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades, el mismo que señala en el artículo 8, respecto al procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento: 8.1. La

licencia de funcionamiento se otorgará en el marco de un único procedimiento administrativo, el mismo que será de evaluación previa con silencio administrativo positivo; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo, mediante Informe Nº 051-2018-GDEy T/MDCH, propone que el Área de Defensa Civil se adhiera a la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo a fin de que el procedimiento administrativo denominado Licencia de Funcionamiento con la evaluación de Matriz de Riesgo se otorguen dentro del plazo fijado por Ley, motivo por el cual considera necesario la actualización de este instrumento de gestión a fin de adecuarse a las normas legales vigentes, así como a la actualización de las competencias de cada unidad orgánica de la Municipalidad, todo ello enmarcado dentro de la política de modernización del Estado y la simplificación administrativa en procura de una gestión edil eficiente y de calidad, adjuntando el Informe Técnico que sustenta la referida propuesta; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM se aprueba los Lineamientos para Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, en su artículo 28º establece los casos por la cual se crea la necesidad de aprobar el ROF, siendo uno de ellos la optimización o simplificación de los procesos de la Entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones; Que, mediante Informe Legal Nº 379-2018-GAL/MDCH, la Gerencia de Asesoría Legal señala que es procedente la aprobación de la modificación parcial de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Chilca, incorporando las funciones del Área de Defensa Civil a la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo de la Municipalidad Distrital de Chilca, la cual deberá ser aprobada mediante Ordenanza, debiéndose remitir lo actuado al Concejo Municipal para su correspondiente pronunciamiento, al amparo de la atribución establecida en el inciso 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972; Que, mediante Dictamen Nº 07-2018-MDCH/CPPAJ, la Comisión de Planificación, Presupuesto y Asuntos Jurídicos, recomienda al Pleno del Concejo Municipal, aprobar la modificación parcial de la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chilca para que el área de Defensa Civil dependa orgánicamente de la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo ­ GDET; y se incorpore en el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF las funciones del Área de Defensa Civil a la GDET; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por mayoritario de los señores regidores, se ha dado la siguiente: "ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA, INCORPORANDO LAS FUNCIONES DEL ÁREA DE DEFENSA CIVIL A LA GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y TURISMO" Artículo Primero.- APROBAR; la Modificación Parcial de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de Chilca, incorporando las Funciones del Área de Defensa Civil a la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo. Artículo Segundo.- DISPONER; la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente norma municipal. Artículo Tercero.- DISPONER; la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial de la ciudad; y el íntegro del Anexo antes referido en el Portal Institucional de la Entidad (www.munichilca.gob.pe); asimismo, en el Portal web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ AUQUI COSME Alcalde * El ROF se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 1692236-1

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