Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2018 (18/09/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 18 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Artículo 20º.- Del carácter público de las Asambleas. Las Sesiones de la Comisión, son de carácter público. Sólo se podrá restringir la presencia de personas en la sala de reuniones por limitaciones en la infraestructura o espacio disponible. Las personas que asistan en calidad de observadores (no invitados) no pueden hacer uso de la palabra. La Presidencia de la CTR de ZEE del departamento de Moquegua, o quien dirija la reunión, puede solicitar el retiro de aquellas personas que impidan el normal desarrollo de la sesión. Artículo 21º.- Del plan de trabajo e informe anual. La CTR de ZEE del departamento de Moquegua elaborará el Plan de Trabajo e Informe Anual de actividades, con la participación de todos sus miembros, documento que luego de ser consolidado y aprobado será remitido al Consejo Regional y al Ministerio del Ambiente, para su conocimiento y demás fines. TÍTULO II De las Comisiones o grupos de trabajo Artículo 22º.- De las Comisiones o grupos de trabajo. La CTR de ZEE del departamento de Moquegua puede acordar la conformación de una o varias sub comisiones o grupos de trabajo para asuntos específicos de acuerdo a lo que consideren necesario. Las comisiones se conforman de acuerdo a lo dispuesto por la Comisión Técnica pudiendo los miembros designar asesores técnicos en trabajos específicos. Los grupos de trabajo abarcan principalmente los siguientes temas: - Generación de información: En este grupo resulta importante la participación de los miembros de la Comisión Técnica que apoyan en la generación de información para el proceso de zonificación ecológica y económica. - Difusión y sensibilización: La conformación de este grupo aporta en la elaboración del Plan de Comunicación y Difusión para el proceso de zonificación ecológica y económica que formula el Gobierno Regional asimismo su participación en las diferentes acciones que conlleven su implementación. - Capacitación y participación ciudadana: Su conformación facilita la capacitación en el proceso de zonificación ecológica y económica y permite una mayor participación de la ciudadanía en este proceso, lo cual se desarrolla en acompañamiento al Gobierno Regional como principal responsable de la elaboración y ejecución de la ZEE. Artículo 23º.- De su funcionamiento. Cada sub comisión decide su régimen de funcionamiento interno. Los resultados de los trabajos que se realicen, deberán ser aprobados por la CTR de ZEE del departamento de Moquegua y los que estimen necesarios y de interés regional, serán elevados al Consejo Regional. CAPÍTULO V Disposiciones Finales Primera.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación. Segunda.- El Plan de Trabajo e Informe Anual son de libre acceso a todo aquel que lo solicite de acuerdo a la Ley de Transparencia. Tercera.- La propuesta del reglamento y sus posteriores modificatorias serán aprobadas por la Asamblea de la Comisión Técnica Regional, las cuales serán remitidas por el Gobierno Regional al Ministerio del Ambiente para su opinión técnica y posterior aprobación mediante Decreto Regional. Cuarto.- Todos los casos no previstos expresamente en este reglamento, será resuelto por consenso por la Comisión Técnica Regional (CTR) de Zonificación Ecológica Económica (ZEE) del departamento de Moquegua. 1692400-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA
Prorrogan Ordenanza que establece Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y de Regularización Tributaria
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2018/MCPSMH Santa María de Huachipa, 14 de septiembre del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA; VISTO: El Informe Nº 111-2018-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 253-2018GAJ/MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 644-2018-GM/MCPSMH de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 130-18/MCPSMH, se aprobó un Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y de Regularización Tributaria, en la Jurisdicción del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, el mismo que estuvo vigente desde el 23 de Julio del 2018 hasta el 15 de agosto del 2018. Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 006-2018-MCPSMH, se prorrogo el plazo de vencimiento establecido en la Ordenanza Nº 130-2018/MCPSMH, cuya fecha de vencimiento fue hasta el 14 de setiembre del 2018. Que, la Gerencia de Administración Tributaria mediante el Informe de Vistos, señala que viene realizando diversas acciones dirigida a los contribuyentes, como la entrega de cartas personalizadas, volanteo, perifoneo entre otras acciones, y que debido a que existen contribuyentes que se acercan a la municipalidad a cumplir con sus obligaciones, propone PRORROGAR la fecha de vencimiento, hasta el 19 de Octubre del 2018. Que, mediante el Informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal favorable respecto a la ampliación de la fecha de vencimiento establecido en la Ordenanza Nº 130-18/MCPSMH. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.PRORROGAR el plazo de vencimiento establecido en la Ordenanza Nº 130-18-MCPSMH ­ Ordenanza que establece Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y de Regularización Tributaria, hasta el 19 de octubre del 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- Encárguese a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas su difusión, a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a

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