Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2018 (20/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 20 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (en adelante, Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitaria bajo su competencia; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 003-2017-SUNEDU/CD del 26 de enero de 2017, publicada el 27 de enero de 2017, en el Diario Oficial "El Peruano", se resolvió otorgar la licencia institucional a la Universidad, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en la provincia y departamento de Piura y en su filial en el departamento de Lima, que cuenta con dos (2) locales ubicados en los distritos de Miraflores y Santiago de Surco, con una vigencia de ocho (8) años, reconociéndose cincuenta y tres (53) programas existentes y ocho (8) programas que conforman su nueva oferta académica; Que, el "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" (en adelante, el Reglamento), aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, establece el procedimiento de modificación de la licencia institucional; Que, el 3 de noviembre y 13 de diciembre de 2017, la Universidad presentó su Solicitud de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI), la cual fue aprobada, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 082-2018-SUNEDU/CD del 17 de julio de 2018; Que, el 10 de agosto de 2018, mediante escrito SG 210/18, la Universidad solicitó a la Sunedu realizar las acciones pertinentes a fin de rectificar los errores materiales detectados en las Tablas N° 01 y N° 04 del Anexo N° 01 de la Resolución de Consejo Directivo N° 082-2018-SUNEDU/CD, referidos al "Cambio de denominación de programas de estudio y denominación del grado académico de programas" y a la "Autorización de programas académicos nuevos conducentes a grado académico de maestro y título"; Que, mediante el Informe N° 104-2018-SUNEDU-02-12, la Dilic recomendó proceder con la rectificación de los errores materiales detectados en las Tablas N° 01 y N° 04 del Anexo N° 01 de la Resolución de Consejo Directivo N° 082-2018-SUNEDU/CD; II.2. Sobre la rectificación de los errores materiales en el Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 082-2018-SUNEDU/CD Que, al respecto, el artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, regula lo relacionado a los errores materiales; Que, de acuerdo a la información contenida en los Formatos de Licenciamiento A4 remitidos por la Universidad junto a su SMLI, dentro de la relación de denominaciones de los programas y grados académicos que ésta otorga se encontraban los programas de "Maestría en Derecho Administrativo y Regulación del Mercado", "Maestría en Gestión Pública", "Maestría en Integridad Estructural" y "Maestría en Estrategias Contemporáneas de Arquitectura"; así como el grado de "Maestro en Estrategias Contemporáneas de Arquitectura" (Énfasis agregado); Que, de la revisión del Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 082-2018-SUNEDU/CD, se advirtió que la Tabla N° 01, referida al "Cambio de Denominación de Programa de Estudio y Denominación del Grado Académico de Programas"; y la Tabla N° 04, referida a la "Autorización de Programas Académicos Nuevos conducentes a Grado Académico de Maestro y Título", contienen errores materiales; Que, en el presente caso, se corrobora que los errores materiales incurridos en las Tablas N° 01 y N° 04 del Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 082-2018-SUNEDU/CD no implica una modificación sustancial del contenido ni el sentido de la decisión emitida en la mencionada resolución, toda vez que, no se afecta el fondo de la decisión correspondiente a aprobar la modificación de licencia solicitada por la Universidad. Por tanto, resulta viable realizar una rectificación de las Tablas N° 01 y N° 04 del Anexo N° 01 de la referida resolución;

Que, en virtud a lo dispuesto al artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU; y, a lo acordado en la sesión SCD N° 033-2018 del Consejo Directivo; SE RESUELVE: Primero.- ACEPTAR el pedido de rectificación solicitado por la Universidad de Piura y, en consecuencia, RECTIFICAR los errores materiales generados y consignados en el numeral 2 de la Tabla N° 01; y numerales 3, 7 y 8 de la Tabla N° 04 del Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 082-2018-SUNEDU/ CD, conforme a lo indicado en el Anexo N° 01 de la presente resolución. Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad de Piura, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Sunedu (www. sunedu.gob.pe) y en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la SUNEDU ANEXO N° 01 CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE PROGRAMA DE ESTUDIO Y DENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE PROGRAMAS N° 2 DENOMINACIÓN DE PROGRAMA ACTUAL APROBADA MAESTRÍA EN DERECHO MAESTRÍA EN DERECHO ADMINISTRATIVO Y ADMINISTRATIVO Y REGULATORIO REGULACIÓN DEL MERCADO

AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS NUEVOS CONDUCENTES A GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO Y TÍTULO
DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA MAESTRÍA EN INTEGRIDAD ESTRUCTURAL DENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGA MAESTRO EN GESTIÓN PÚBLICA MAESTRO EN INTEGRIDAD ESTRUCTURAL MAESTRO EN ESTRATEGIAS CONTEMPORÁNEAS DE ARQUITECTURA

N° 3 7

MAESTRO

MAESTRÍA EN ESTRATEGIAS 8 CONTEMPORÁNEAS DE ARQUITECTURA

1693550-1

Otorgan licencia institucional a la Universidad Nacional de Trujillo para ofrecer el servicio educativo superior universitario
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 127-2018-SUNEDU/CD Lima, 19 de setiembre de 2018 I. VISTOS: La Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI) con Registro de Trámite Documentario

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