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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (22/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 22 de setiembre de 2018 / El Peruano Libertad, cuyas coordenadas UTM PSAD56 fi guran en el Expediente; Que, HIDRANDINA S.A. ha presentado (15) Resoluciones mediante las cuales se aprueban las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), así como (15) Resoluciones mediante las cuales se aprueban las Cali fi caciones como Sistemas Eléctricos Rurales, de las instalaciones eléctricas de (42) localidades comprendidas en las “Electri fi caciones Rurales en la Provincia de Sánchez Carrión”, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electri fi cación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 157-2016-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la HIDRANDINA S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto “Electri fi caciones Rurales en la provincia de Sánchez Carrión”, ubicado en los distritos de Sanagorán, Huamachuco, Curgos, Sarín, Chugay y Marcabal en la provincia de Sánchez Carrión; Usquil en la provincia de Otuzco; y Sitabamba en la provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especi fi caciones obrantes en el expediente: Zona Departamento Provincia Distrito El Marco La Libertad Otuzco Usquil ShuyucLa Libertad Sánchez Carrión Chugay La Libertad Sánchez Carrión Sarin Yumi YumiLa Libertad Sánchez Carrión Chugay La Libertad Sánchez Carrión Sarin Huangabal La Libertad Sánchez Carrión CurgosAlto Chamana La Libertad Sánchez Carrión HuamachucoCapuli La Libertad Sánchez Carrión Chamis La Libertad Sánchez Carrión Chancas La Libertad Sánchez Carrión Colpa Blanca La Libertad Sánchez Carrión La Arena La Libertad Sánchez Carrión La Arena -A La Libertad Sánchez Carrión La CongaLa Libertad Sánchez Carrión Huamachuco La Libertad Sánchez Carrión Marcabal La Perdiz La Libertad Sánchez Carrión HuamachucoLa Ramada La Libertad Sánchez Carrión Sanjapampa La Libertad Sánchez Carrión Yamobamba La Libertad Sánchez CarriónZona Departamento Provincia Distrito 24 de Junio La Libertad Sánchez Carrión SanagoranCasaña La Libertad Sánchez Carrión Corral Grande La Libertad Sánchez Carrión El Huayro La Libertad Sánchez CarriónEl Marco La Libertad Sánchez CarriónHuaguil La Libertad Sánchez CarriónHualangopampa La Libertad Sánchez Carrión Huarana La Libertad Sánchez Carrión La Aurora La Libertad Sánchez CarriónLa Lucuma La Libertad Sánchez CarriónLos Loros La Libertad Sánchez Carrión Pampa Arena La Libertad Sánchez Carrión Shangal La Libertad Sánchez CarriónTotorapampa La Libertad Sánchez CarriónVentanas La Libertad Sánchez Carrión Yerba Buena La Libertad Sánchez Carrión Atumpampa La Libertad Sánchez Carrión SarinCebadapampa La Libertad Sánchez Carrión El Aliso La Libertad Sánchez CarriónEscugurco La Libertad Sánchez Carrión Lic Lic La Libertad Sánchez Carrión Ollocopampa La Libertad Sánchez CarriónPoc Poc La Libertad Sánchez CarriónShiracorral La Libertad Sánchez Carrión Turushmalca La Libertad Sánchez Carrión Shinshil La Libertad Santiago de Chuco Sitabamba Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 068-2016 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima – HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 068-2016, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- La presente Resolución Directoral será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER MURO ROSADO Director GeneralDirección General de Electricidad 1688326-1