Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2018 (22/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
Zona 24 de Junio Casaña Corral Grande El Huayro El Marco Huaguil Hualangopampa Huarana La Aurora La Lucuma Los Loros Pampa Arena Shangal Totorapampa Ventanas Yerba Buena Atumpampa Cebadapampa El Aliso Escugurco Lic Lic Ollocopampa Zona Departamento La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad Provincia Otuzco Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Huamachuco Huamachuco Marcabal Huamachuco Distrito Usquil Chugay Sarin Chugay Sarin Curgos Poc Poc Shiracorral Turushmalca Shinshil

Sábado 22 de setiembre de 2018 /

El Peruano Distrito

Libertad, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, HIDRANDINA S.A. ha presentado (15) Resoluciones mediante las cuales se aprueban las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), así como (15) Resoluciones mediante las cuales se aprueban las Calificaciones como Sistemas Eléctricos Rurales, de las instalaciones eléctricas de (42) localidades comprendidas en las "Electrificaciones Rurales en la Provincia de Sánchez Carrión", de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 157-2016-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la HIDRANDINA S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto "Electrificaciones Rurales en la provincia de Sánchez Carrión", ubicado en los distritos de Sanagorán, Huamachuco, Curgos, Sarín, Chugay y Marcabal en la provincia de Sánchez Carrión; Usquil en la provincia de Otuzco; y Sitabamba en la provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:

Departamento La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad

Provincia Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Santiago de Chuco

Sanagoran

Sarin

El Marco Shuyuc

Sitabamba

Yumi Yumi Huangabal Alto Chamana Capuli Chamis Chancas Colpa Blanca La Arena La Arena -A La Conga La Perdiz La Ramada Sanjapampa Yamobamba

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 068-2016 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima ­ HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 068-2016, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- La presente Resolución Directoral será notificada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MURO ROSADO Director General Dirección General de Electricidad 1688326-1

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