Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2018 (28/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 28 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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b) Memoria descriptiva. c) Presupuesto de la inversión. d) Cronograma de ejecución física y financiera. 10.5 Para la aplicación del numeral 10.3, la consistencia es la acción por la cual la UF corrobora que la concepción técnica permanece inalterada y que se cumplen con las condiciones de dimensionamiento y viabilidad del proyecto de inversión. El dimensionamiento es la condición por la cual el tamaño o capacidad de producción del proyecto de inversión guarda correspondencia con la demanda por el bien o servicio público, dentro del área de influencia del proyecto. 10.6 De modificarse el objetivo central del proyecto, el servicio público, la población beneficiaria o el área de influencia, o no contar con la opinión favorable de la UF sobre la consistencia del expediente técnico o documento equivalente, o si esta determina que no subsiste la necesidad de ejecutar las inversiones, corresponde a la UEI realizar el registro del cierre mediante el Formato N° 04: Registro de Cierre de Inversión. 10.7 En el caso de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, el registro mediante el Formato N° 02 de la Directiva para la fase de Formulación y Evaluación tendrá una vigencia máxima de tres (03) años, debiendo realizarse el cierre de la inversión si no se inició la ejecución física en dicho plazo." Artículo 2. Derogación Derógase el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 001-2018-EF/63.01, aprueban disposiciones transitorias sobre la vigencia de los estudios de preinversión y de los expedientes técnicos o documentos equivalentes en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 3. Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución directoral en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la Sección de Inversión Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. SHEILAH MIRANDA LEO Directora General Dirección General de Inversión Pública 1696217-1

área de su competencia, conforme a lo establecido en el literal f) del artículo 5 de la precitada norma; Que, la Ley General de Educación - Ley N° 28044, establece en el literal d), del artículo 21, que el Estado, en el marco del rol que desempeña, tiene la función de reconocer e incentivar la innovación e investigación que realizan las instituciones públicas y privadas; Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 49 de la precitada Ley, la Educación Superior es la segunda etapa del Sistema Educativo que consolida la formación integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la investigación e innovación y forma profesionales en el más alto nivel de especialización y perfeccionamiento en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología a fin de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y sostenibilidad del país y su adecuada inserción internacional; Que, en dicho marco, a través del Informe N° 204-2018-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística-DIGESUTPA sustenta la necesidad de brindar un reconocimiento a la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, en el marco del centenario de la prestación de sus servicios educativos, al haber aportado en el desarrollo de las artes plásticas en el país, a través de la innovación permanente, e innovación que permitió la incorporación de nuevas tendencias y la creación de nuevas estéticas; promoviendo a su vez, la revaloración y conservación de saberes ancestrales que fortalecen nuestra identidad nacional y trayectoria histórica; Con el visado del Viceministerio de Gestión Pedagógica, de la Dirección General de Educación Técnico- Productiva y Superior Tecnológica y Artística, la Secretaría General, y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada "Elaboración, Aprobación y Tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación", aprobada por Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECONOCER a la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú-ENSABAP, por su aporte, a partir de la innovación e investigación, a la educación superior y las artes, formando artistas y docentes comprometidos con el desarrollo de las artes y la educación en el país, así como por su trayectoria en la historia nacional, siendo cuna de grandes artistas; y aportando a una educación de calidad desde la rigurosidad académica, la disciplina, la ética y la innovación en las artes y la cultura peruana durante 100 años de vida institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1696041-1

EDUCACION
Reconocen aporte de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú-ENSABAP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 530-2018-MINEDU Lima, 26 setiembre de 2018 VISTO, el Informe N° 204-2018-MINEDU/VMGPDIGESUTPA de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, del Viceministerio de Gestión Pedagógica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica del Ministerio de Educación, aprobada por el Decreto Ley N° 25762, establece en su artículo 4 que el Ministerio de Educación es competente para formular las políticas nacionales en materia de educación, cultura, deporte y recreación, en armonía con los planes del desarrollo y la política general del Estado; y, tiene entre sus atribuciones la promoción de la investigación y el desarrollo científico y tecnológico en el

Modifican el Anexo de la R.M N° 0402018-MINEDU, que aprobó el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2018
RESOLUCION MINISTERIAL N° 533-2018-MINEDU Lima, 27 setiembre 2018

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